Por qué el CSD no puede suspender ahora a Rubiales tras la decisión del TAD

Por qué el CSD no puede suspender ahora a Rubiales tras la decisión del TAD

El Tribunal ha decidido abrir expediente por "falta grave", no "muy grave" como quería el CSD, lo que afecta a las sanciones y la posibilidad de actuar cautelarmente. Aún así, el Gobierno ya estudia otras vías legales.

Víctor Francos (izda. con gesto muy serio) y Luis Rubiales durante la recepción de Pedro Sánchez a la selección española
Víctor Francos (izda. con gesto muy serio) y Luis Rubiales durante la recepción de Pedro Sánchez a la selección españolaOscar J. Barroso vía Getty Images

Jarro de agua (muy) fría en el Consejo Superior de Deportes. El máximo organismo deportivo del Gobierno no podrá suspender provisionalmente de sus funciones a Luis Rubiales tras recibir la decisión del TAD sobre el caso.

Después de días esperando su postulado, el Tribunal Administrativo del Deporte ha apreciado sólo parcialmente la denuncia del CSD y ha abierto un expediente a Rubiales por dos "faltas grave". No por faltas "muy graves", como pedía el Consejo. 

Esto significa que el CSD no puede convocar a su Comisión Directiva en 48 horas para suspender al expresidente de la RFEF, como deseaba el organismo, ya que esta medida extrema se reserva únicamente a las infracciones de mayor gravedad. 

La medida supone, además, que la máxima sanción a aplicar a Luis Rubiales llegaría a dos años  en su grado más alto (el mínimo es de un mes), frente a los 15 que podrían haberle 'caído' en caso de aplicarle un expediente "muy grave", con un mínimo de dos años.

Según la Ley del Deporte recientemente aprobada, la comisión de una falta grave podría conllevar una multa de "no inferior a 600,01 ni superior a 3.000 euros", una cuantía notablemente inferior a la impuesta en los casos más serios, donde las sanciones económicas van de 3.000,01 a 30.000 euros.

Los planes de urgencia del CSD

Al CSD le queda una vía cautelar, que ha confirmado el ministro de Deporte, Miquel Iceta, en una rueda de prensa de urgencia. En ella ha asegurado que van a pedir al TAD que sea el mismo tribunal el que suspenda cautelarmente a Rubiales "mientras se resuelve el expediente en su contra". Para ello, el Gobierno se apoya en el artículo 102 de la Ley del Deporte

Iceta ha recalcado que el CSD presentará "con inmediatez" el escrito para instar al TAD a que suspenda cautelarmente a Rubiales, pero ha matizado que la fecha en la que se reunirá dicho tribunal no depende del Gobierno. Habitualmente, este se reúne los jueves, aunque en casos de especialmente relevancia como el actual pueden celebrar otras citas; este pasado lunes ya se celebró una reunión de urgencia del TAD.

"Esta batalla la vamos a ganar, ya la hemos ganado en el deporte, la sociedad española y la opinión pública española", ha aseverado el ministro, que no cierra la puerta incluso a recurrir a la justicia ordinaria, puesto que el TAD ya es el máximo organismo a nivel deportivo. Tras defender que el criterio del Gobierno y el CSD no cambian sobre la gravedad de los hechos, ha insistido en que podrían ir más allá en sus recursos, "para defender dicho criterio ante las instancias que correspondan".

Rubiales ya está suspendido, pero por la FIFA

Aún en el caso de que el CSD se hubiera salido con la suya en el TAD, la suspensión tampoco hubiera sido inmediata. La ley establece la obligatoriedad de convocar en 48 horas una Comisión Permanente para, ya sí en ella, decretar una suspensión que ahora no podrá ocurrir. Aunque Iceta se agarra a otro hecho. 

La realidad es que ahora mismo Rubiales sí está suspendido, pero no por mediación de organismos españoles, sino por la FIFA. Al tratarse de una entidad privada, funciona por otra vía, por lo que el pasado sábado decretó la suspensión temporal "de toda actividad relacionada con el fútbol" por espacio de 90 días. 

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