Hacienda confirma que estas personas no pagarán IRPF en 2024
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Hacienda confirma que estas personas no pagarán IRPF en 2024

El impuesto grava los rendimientos del trabajo de todos los españoles. Sin embargo, hay algunas excepciones…

Una oficina de Hacienda, en una imagen de archivoEuropa Press via Getty Images

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el tributo que grava los rendimientos del trabajo de todos los españoles, ya se trate de trabajadores o de pensionistas.

Respecto a ese último grupo, el de los pensionistas, el artículo 17 de la Ley del IRPF argumenta que las pensiones se consideran rentas del trabajo debido a que las mismas se perciben gracias al trabajo llevado a cabo a lo largo de la vida laboral.

En concreto, el texto normativo cita que “tendrán consideración de rendimientos del trabajo las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares”.

Sin embargo, no todas las personas están obligadas a pagar el IRPF. Ello se debe a que la propia Ley del IRPF contempla en su artículo 7 unos supuestos en los que se está exento de tener que abonar el impuesto.

Las pensiones exentas de IRPF

Entre esas exenciones, que continuarán estando vigentes durante el año 2024, la Ley del IRPF hace referencia a ciertas pensiones específicas. Se trata de las siguientes:

- Pensiones contributivas de incapacidad permanente tanto en su grado absoluto como de gran invalidez.

- Pensiones de inutilidad o incapacidad permanente del Régimen de las Clases Pasivas.

- Pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo.

- Pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones, con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil.

- Pensiones y haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo.

Asimismo, también están exentas de tributar por el IRPF las personas que perciban la prestación de la Seguridad Social del Ingreso Mínimo Vital.