Juanma Lorente, abogado laboralista, alerta de una confusión general: "Deben devolverte tu puesto, sin tocarte el salario ni el horario"
Aunque se reciba el finiquito, no se trata de un despido.

La Seguridad Social estipula que el tiempo máximo que se puede estar de baja laboral es un año (365 días), un periodo que puede ser ampliable por un máximo de medio año más (hasta un total de 545 días) si se prevé que la persona que padece la incapacidad temporal puede recuperarse durante esa prórroga.
Cuando se alcanzan los 545 días de baja laboral, la empresa deja de estar obligada a cotizar por el trabajador y, en consecuencia, a pagarle la baja. Este hecho es algo que provoca confusión, porque la empresa puede dar de baja al empleado y pagarle un finiquito con las vacaciones pendientes de disfrutar.
Muchas personas, cuando reciben esa comunicación de la empresa, piensan que han sido despedidas. Pero eso no es verdad, tal y como ha aclarado Juanma Lorente, abogado laboralista, en un vídeo en la red social TikTok.
"Aunque tengáis el finiquito, aunque os hayan dado de baja en la Seguridad Social y aunque os hayan dicho que cobráis de la mutua… no se trata de un despido sino de una suspensión del contrato", ha subrayado el experto.
En ese sentido, el abogado laboralista ha explicado que "cuando se llega al año y medio de baja, la empresa no está obligada a seguir cotizando por vosotros y teneros de alta en la Seguridad Social. Directamente por eso os da de baja".
Llegados a ese punto, es importante destacar que no se pierde el derecho a continuar cobrando. Lo que el trabajador debe hacer es "pedir a la mutua el pago directo para que cobréis desde que la empresa os da de baja hasta que el tribunal médico decide", ha señalado Lorente.
El paso final de ese largo proceso de baja laboral es acudir a la llamada del tribunal médico. Si el tribunal entiende que no se reúnen las condiciones para volver al trabajo, se pasará a cobrar una indemnización o una pensión por incapacidad permanente (dependiendo el caso).
Por el contrario, si el tribunal médico considera que la persona se ha recuperado, la suspensión del contrato llegará a su fin y el trabajador se reincorporará a la empresa con las mismas condiciones laborales que tenía antes de la baja laboral.
"Si cuando vayáis al tribunal médico, este tribunal médico os da de alta médica y os obliga a reincorporaros en vuestro trabajo, la empresa está obligada a volver a daros de alta y que vuestro trabajo siga exactamente igual. Con el mismo salario, la misma jornada y, por supuesto, la misma antigüedad que antes", ha resaltado el abogado laboralista.
