Esta es la razón por la que cobras más estando de baja

Esta es la razón por la que cobras más estando de baja

Aunque no es una situación habitual, es totalmente posible.

Un médico prepara un informe.SKYNESHER VIA GETTY IMAGES

La cantidad de dinero que se percibe estando de baja depende directamente de la base reguladora, que está determinada por la base de cotización mensual de cada trabajador.

En concreto, la base reguladora “es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario)”, precisa la Seguridad Social en su sitio web.

Otra variable a tener en cuenta es el motivo de la baja. Hay dos opciones: enfermedad común (accidente no laboral) o enfermedad profesional (accidente de trabajo).

De esta forma, en una baja por enfermedad común se cobra el 60% de la base reguladora desde el cuarto día de la baja hasta el vigésimo día (inclusive) y el 75% desde el día 21 en adelante. Y en una baja por enfermedad profesional se percibe el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el puesto de trabajo.

Al tratarse de porcentajes inferiores al 100% de la base reguladora, la mayoría de personas piensan que es imposible cobrar más estando de baja que trabajando. Pero esa no es la realidad.

Base de cotización muy superior al salario

La explicación reside en que hay supuestos en los que, pese a percibirse un sueldo cercano al salario mínimo, la base de cotización (y en consecuencia la base reguladora) es bastante superior.

Lo habitual es que esta circunstancia se dé por pertenecer a un grupo de cotización con bases mínimas elevadas. El mejor ejemplo es el grupo de cotización 1 (Ingenieros y Licenciados), cuya base de cotización mínima en 2023 es de 1.629,30 euros mensuales, tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Una base mínima de cotización de 1.629,30 euros significa que, aunque se le pague al trabajador el salario mínimo, la empresa (y el empleado) tendrán que realizar la misma aportación a la Seguridad Social que si se percibieran 1.629,30 euros brutos al mes.

Por lo tanto, en caso de enfermedad profesional (o enfermedad común prolongada), puede ocurrir que un trabajador con un salario bajo pero que pertenezca al grupo de cotización 1, perciba más dinero encontrándose de baja que trabajando.