El voto particular en la sentencia de los ERE considera "arriesgado" atribuir malversación a Griñán

El voto particular en la sentencia de los ERE considera "arriesgado" atribuir malversación a Griñán

El Supremo da a conocer el contenido íntegro de la sentencia en la que ratifica la condena a nueve años de prisión contra Griñán y defiende que los expresidentes crearon un sistema de ayudas para “evitar todo control administrativo”.

José Antonio Griñán.Europa Press News via Getty Images

El Tribunal Supremo ya ha hecho pública la sentencia del caso de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) andaluces en el que se confirmó el ingreso a prisión del expresidente autonómico José Antonio Griñán y la inhabilitación de Manuel Chaves al considerar que ambos cargos conocían y consistieron los sistemas de ayudas para “evitar todo control administrativo”. “Disponiendo del dinero público de forma discrecional y al margen de toda legalidad”, asegura la sentencia.

Según consta en el texto íntegro de 1205 folios que se ha dado a conocer este miércoles y cuyo fallo había sido adelantado el pasado 26 de julio, Griñán tenía “conocimiento de la ilegalidad” del criterio que se siguió con los ERE al tiempo que ha destacado su “pasividad” ante el “despilfarro y la arbitrariedad” con la que se concedieron las ayudas.

Por ello, debido al uso irregular de las subvenciones autonómicas para los ERE, consta en la sentencia que se mantiene la pena de nueve años de inhabilitación por prevaricación para Chaves. Para Griñán, por su parte, se confirman los seis años de cárcel por prevaricación y malversación, aunque su familia ya ha presentado la petición de indulto ante el Ministerio de Justicia.

La malversación “no se ajusta a Derecho”

La discrepancia del voto particular de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo con respecto a la sentencia mayoritaria se centra, durante 88 páginas, en que la condena por un delito de malversación de los cinco acusados ajenos a la consejería de Empleo (José Antonio Griñán Martínez, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo Serrano, Jesús Rodríguez Román y Miguel Ángel Serrano Aguilar) “no se ajusta a Derecho”.

En su razonamiento, las magistradas apuntan que “se les pretende condenar en la sentencia mayoritaria no solo por un delito de prevaricación, sino también por un delito de malversación derivado de las conductas que realizaron las autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo en la fase final de la ejecución de los presupuestos”. Estas conductas consistieron en distribuir y repartir el importe de las subvenciones en favor de personas y empresas que carecían de derecho a ellas.

De esta forma, añaden que “se menoscabó en cantidades importantes el caudal público, entregándoles sumas relevantes de dinero a personas y entidades de forma ilegal y con grave perjuicio para el patrimonio de la Autonomía andaluza”. También defienden que “ninguno de los cinco acusados intervino en esos actos fraudulentos del tramo final de la ejecución del presupuesto, ni tampoco tuvo conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo”.

Por ello consideran que debieron ser absueltos del delito de malversación por haberse vulnerado con su condena el derecho fundamental a la presunción de inocencia.

Sin embargo, el resto de magistrados mantuvo su postura al considerar malversación tanto a quienes concedieron y pagaron las ayudas como a quienes permitieron que se pagaran conociendo que en la gestión concreta de las mismas se estaban produciendo gravísimas ilegalidades.

Entiende la sentencia que la malversación de caudales públicos se produce cuando se dispone de esos caudales como si fueran propios, de forma libre y arbitraria, al margen de todo control y de cualquier criterio mínimamente reglado, y también cuando se permite que se produzca esa situación, existiendo la obligación y la posibilidad de evitarlo.

Qué viene ahora para Griñán

El futuro de Griñán y su ingreso en prisión depende ahora de la Audiencia de Sevilla. Este es el órgano judicial que tendrá que decidir sobre el ingreso o no en prisión del expresidente andaluz.

Una vez que el Supremo remita la sentencia será la sección primera la encargada de su ejecución, lo que conlleva decidir si ingresan en prisión Griñán y otros ocho exaltos cargos de la Junta condenados a penas de cárcel.

Abogados de la causa han apuntado a EFE que la mera publicación de la sentencia, no debería ser suficiente para que los políticos condenados ingresen en prisión.

Asimismo, José María Calero, abogado del expresidente andaluz, ha anunciado que presentará un incidente de nulidad contra la sentencia dentro del plazo de 20 días. Además, de que está analizando presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia. En ese caso, el plazo es de 30 días.

Pendientes del indulto parcial

Los familiares de Griñán, con el apoyo de expresidentes socialistas como José Luis Rodríguez Zapatero o Felipe González, ya presentaron la solicitud de indulto por motivos de “equidad y humildad”.

Por el momento, desde Moncloa siempre han argumentado que no tramitarán la solicitud hasta conocer el contenido íntegro de la sentencia y los argumentos de los votos particulares.

La última ocasión en la que se escuchó esta argumentación fue durante la entrevista de este martes en ‘La Noche en 24 horas’ donde Pedro Sánchez respondió con el mismo criterio y apuntó que “va a respetar los trámites y la decisión que tomemos será acorde con la ley y con transparencia”.

Lee aquí el contenido íntegro de la sentencia:

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