La Audiencia Nacional suspende de forma cautelar declarar la Real Casa de Correos como lugar de Memoria Democrática
La institución da la razón así al recurso presentado por la Comunidad de Madrid, que consideraba que esta declaración podía perjudicar su imagen institucional.

La Audiencia Nacional ha decidido suspender de forma provisional el acuerdo del 20 de octubre de 2025 por el que la Secretaría de Estado de Memoria Democrática declaró la Real Casa de Correos, actual sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid en la Puerta del Sol, como Lugar de Memoria Democrática. En ese edificio estuvo antiguamente la Dirección General de Seguridad.
La decisión ha sido tomada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional mediante un auto que incluye el voto particular de uno de los magistrados. El tribunal da así la razón, de manera cautelar, al recurso presentado por la Comunidad de Madrid, que consideraba que esta declaración podía perjudicar su imagen institucional.
Según explica la Sala, aunque no se puede asegurar totalmente que la imagen de la sede de la Presidencia madrileña vaya a sufrir un daño irreversible, tampoco se puede descartar por completo que esa declaración tenga un efecto negativo sobre ella.
"Toda vez que cabe la hipótesis de que se genere un efecto adverso en la imagen institucional de la Comunidad de Madrid, la medida cautelar solicitada se evidencia como pertinente", ha asegurado el auto al que ha tenido acceso Europa Press.
En un voto particular, uno de los magistrados de la Sala no comparte el criterio de la mayoría en relación con la afectación negativa a la imagen institucional de la Comunidad de Madrid por la declaración del edificio como lugar de memoria democrática y recuerda que los hechos históricos que motivan la declaración tuvieron lugar cuando esta institución, tributaria del actual régimen democrático, no existía ni se podía siquiera imaginar que existiese.
Para este magistrado, "la interrupción de las medidas para potenciar la memoria democrática y el retraso consiguiente en el despliegue de la acción de reparación, sí perjudica la finalidad perseguida por el acto impugnado, en el marco descrito en la Ley 20/2022, transmitiendo a las víctimas sensaciones de desazón e incredulidad, y proyectando una imagen negativa ante las instancias internacionales sobre la autenticidad del compromiso de España de proteger la memoria democrática y de su propósito de superación de los episodios oscuros de su pasado".
