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La jueza pide a Les Corts el listado de llamadas de Mazón el día de la dana

La jueza pide a Les Corts el listado de llamadas de Mazón el día de la dana

La magistrada considera que "el listado de llamadas que se pretende recabar se trata de un documento público", una circunstancia que permite su incorporación al procedimiento penal.

El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, habla por teléfono móvil durante una sesión plenaria en Les Corts Valencianes.
El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, habla por teléfono móvil durante una sesión plenaria en Les Corts Valencianes.Europa Press via Getty Images

La investigación judicial sobre la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024, que provocó graves daños y centenares de víctimas mortales en la Comunidad Valenciana, da un nuevo paso. La magistrada del Juzgado de Instrucción de Catarroja que instruye la causa ha acordado solicitar oficialmente a Les Corts Valencianes el listado de llamadas del president de la Generalitat, Carlos Mazón, correspondiente a aquel día.

Esta información ya fue remitida por Presidencia de la Generalitat a la comisión de investigación parlamentaria creada en Les Corts para analizar la gestión de la emergencia. La jueza considera, por tanto, que "el listado de llamadas que se pretende recabar se trata de un documento público", una circunstancia que permite su incorporación al procedimiento penal.

La petición se realiza además antes de la declaración como testigo de Maribel Vilaplana, periodista y pareja del president, citada para el próximo 3 de noviembre. Vilaplana fue una de las últimas personas que estuvo con Mazón el día de la tragedia, ya que ambos compartieron una comida en un restaurante de Valencia.

Posibles comentarios y motivos en la toma de decisiones

En concreto, la jueza considera relevante examinar las conversaciones que pudieron intercambiar Mazón y la exconsellera de Interior, Salomé Pradas, actualmente investigada en esta causa, durante la jornada de la dana. Señala que, en el marco del análisis sobre cómo se tomaron las decisiones en el Cecopi ese día, "y en el específico análisis del envío de la alerta a la población, resulta pertinente el estudio" de dichas llamadas.

La magistrada recuerda que el auto dictado por la Audiencia Provincial de Valencia la semana anterior, en el que se acordó la declaración como testigo del director de Emergencias, José María Ángel Vilaplana, subraya que el president ostenta la máxima autoridad en la Generalitat y tiene competencias de dirección y coordinación, lo que le permite dar instrucciones a los miembros del Consell.

Además, la jueza cree necesario "determinar y cuadrar los posibles comentarios que pudiera haber efectuado el president sobre cómo iba avanzando la reunión del Cecopi, qué información manejaban los que en ella participaban, y por qué se actuó del modo en que se hizo, tal y como expresaba el referido auto de la Audiencia Provincial, con el concreto momento en que se produjeron".

Nuevos requerimientos a Emergencias y a una productora

En paralelo, la magistrada ha dictado otras diligencias de investigación. En concreto, ha vuelto a requerir información a la Sociedad Valenciana de Gestión Integral de los Servicios de Emergencias (SGISE), el organismo público que coordina los bomberos y servicios de emergencia autonómicos, para que informe si existen otras grabaciones o comunicaciones del día de la DANA distintas a las ya remitidas al juzgado.

Del mismo modo, la jueza ha pedido de nuevo a la productora audiovisual contratada por la Conselleria de Emergencias que entregue los vídeos originales correspondientes a las grabaciones que ya aportó previamente, con el fin de verificar su autenticidad e integridad.

Por su parte, ha rechazado la petición de una acusación particular que solicitaba requerir a las administraciones estatal y autonómica documentación sobre zonas inundables en la provincia de Valencia. A su juicio, "lo decisivo" no es la existencia de dichas zonas, sino "que dicho conocimiento se posea por los competentes en la evitación de los fallecimientos".

"Lo determinante era el conocimiento del riesgo por inundación, saber la geografía de los barrancos, por donde discurrían, su denominación", añade, recordando que el objetivo del procedimiento es establecer "la conexión entre la pasividad, el retraso manifiesto y de forma errónea en el aviso a la población, y la pérdida de las 229 vidas".

Finalmente, la letrada de la Administración de Justicia ha dictado una diligencia de ordenación en la que se rechaza la suspensión de las declaraciones testificales previstas para el 3 de noviembre y el 20 de enero de 2026, dada la complejidad del caso, que cuenta con 184 acusaciones particulares y 13 populares personadas.

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