Despiden a un vigilante de seguridad por no impedir un robo, contraataca y se lleva 42.000 euros en los tribunales
El empleado argumentó que jamás recibió el aviso.
Un vigilante de seguridad ha ganado la batalla en los tribunales tras ser despedido por supuestamente no impedir un robo, de acuerdo a la empresa. El empleador le ha tenido que abonar 42.000 euros, de acuerdo a la sentencia, en concepto de indemnización.
Los hechos se remontan a la noche del 9 al 10 de febrero de 2020. Una ventana destrozada de las oficinas de una empresa de seguridad, un ordenador desaparecido y fragmentos de vidrio en el suelo de este espacio hicieron saltar las alarmas. El empleado, que llevaba 15 años en la empresa, argumentó que a las 12:43 a.m fue el último incidente registrado durante su jornada de trabajo de este día mientras que la empresa sostuvo que la alarma se activó a las 1:26 a.m para una verificación.
La compañía entendió que el trabajador no había acudido al lugar donde se estaba cometiendo el robo, razón por la cual le despidió pocas semanas después de que ocurriera el suceso. Por su parte, el empleado se justificó argumentando que no constaba ninguna intervención en su libro de registro, motivo por el que llevó su caso a los tribunales.
A los tribunales
El empleador afirmó que no garantizar la seguridad del centro se consideraba una falta "particularmente grave". Para reforzar su decisión, argumentó que había una declaración interna de un coordinador en la que le informaba que había llamado al empleado en el momento del robo y no habían obtenido respuesta. No obstante, el autor de la declaración no estuvo presente durante la llamada: "Según la ley, una falta grave debe demostrarse con pruebas sólida", sostuvo el abogado Roman Guichard, del colectivo Rhizom.
Si bien el tribunal falló en un principio a favor del empleador, su posición dio un giro de 360 grados al ver, tras aplicar el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil francés, donde tuvieron lugar los hechos, que la declaración se consideraba "insuficientemente fiable".
Al no haber pruebas fehacientes de que el empleado, efectivamente, recibió tal aviso, la duda persistió y benefició a esta primera persona. El empleador presentó pruebas que probaran una conducta indebida retirada, pero no fueron consideradas así, dando por concluido que el despido no se anulaba pero era injustificado.
La sentencia final condenó a la empresa a pagar una indemnización de 41.569 euros, incluidas las costas judiciales al empleador. En el montante quedaron recogidos tanto los salarios atrasados tras su despido como la indemnización por despido, por preaviso y 22.000 euros en concepto de daños y perjuicios.