Es oficial: entran en vigor las nuevas obligaciones de vuelos de Badajoz, sin un solo sábado obligatorio en todo el año, desde el 28 de octubre
La capacidad mínima anual será de 54.000 asientos en el caso de la ruta aérea Badajoz-Madrid y de 25.000 asientos en el de la ruta Badajoz-Barcelona.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la Orden TRM/473/2026, a través de la que se modifican las condiciones de operación de las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona. Los cambios entrarán en vigor a partir del 28 de octubre de 2026.
En el caso de la ruta aérea Badajoz-Madrid, el servicio a prestar será, como mínimo, de dos frecuencias diarias de lunes a viernes, salvo el mes de agosto, y una frecuencia diaria de lunes a viernes del mes de agosto, así como todos los domingos del año. Ningún sábado del año se requieren vuelos.
Salvo en el mes de agosto, de lunes a viernes, la primera frecuencia del día se ajustará a los siguientes criterios:
- En el caso de que el primer vuelo salga de Madrid, deberá llegar al aeropuerto de Badajoz antes de las 9:00.
- En el caso de que el primer vuelo salga de Badajoz, deberá llegar al aeropuerto de Madrid antes de las 10:00.
- La programación del vuelo de vuelta asociado a la primera frecuencia deberá garantizar un intervalo máximo de dos horas entre la llegada del vuelo de ida y la salida del de vuelta.
Salvo en agosto, la última frecuencia del día, así como la frecuencia del domingo, se ajustará a los siguientes criterios:
- En el caso de que el vuelo de ida salga de Madrid, deberá salir con menos de tres horas de margen con el horario de cierre del aeropuerto de Badajoz de manera que el último vuelo (vuelo de vuelta) salga de Badajoz con menos de una hora de antelación a la hora del cierre del aeropuerto (de Badajoz).
- En el caso de que el último vuelo (vuelo de vuelta) salga de Madrid, la llegada del mismo deberá producirse con un margen mínimo de 30 minutos respecto a la hora de cierre del aeropuerto de Badajoz.
Durante el mes de agosto, las compañías adecuarán libremente los horarios del servicio a la demanda real del mercado.
En cualquier caso, los horarios de los vuelos estarán condicionados a los horarios operativos establecidos en el aeropuerto de Badajoz. La capacidad mínima anual de la ruta aérea Badajoz-Madrid será de 54.000 asientos.
Ruta aérea Badajoz-Barcelona
Respecto a la ruta aérea Badajoz-Barcelona, la Orden TRM/473/2026 precisa que el servicio requerido durante todo el año será, como mínimo, de cinco frecuencias semanales. Las compañías adecuarán libremente los días de operación y los horarios a la demanda real del mercado.
En cualquier caso, los horarios de los vuelos estarán condicionados a los horarios operativos establecidos en el aeropuerto de Badajoz. La capacidad mínima anual de la ruta aérea Badajoz-Barcelona será de 25.000 asientos.
