Reclaman 31.000 euros de su pensión a una viuda de 80 años después de dos décadas: “No hubo negligencia grave”
Un tribunal alemán frena la devolución al concluir que la beneficiaria no actuó con dolo ni imprudencia grave, aunque la Seguridad Social ha recurrido la sentencia.
Más de veinte años después de empezar a cobrar su pensión, una viuda de más de 80 años se ha visto obligada a acudir a los tribunales tras recibir una reclamación de más de 31.000 euros por parte de la Seguridad Social alemana. El organismo sostiene que la mujer cobró de forma indebida una pensión de viudedad durante casi dos décadas, pero la justicia ha dado la razón a la afectada en primera instancia al descartar que incurriera en una negligencia grave que exija la devolución retroactiva, según Focus Online.
Según los hechos recogidos en la resolución judicial, la mujer residía desde hacía décadas en Suiza y percibía prestaciones del sistema suizo y también del alemán. En 1997, tras la muerte de su marido, empezó a cobrar una pensión de viudedad en ambos. A comienzos de los 2000, al alcanzar la edad legal de jubilación, la pensión de viudedad suiza, de forma automática se transformó en una regular, sin necesidad de presentar una nueva solicitud y sin interrupción apreciable en los pagos. Al mismo tiempo, la mujer comenzó a percibir una pensión desde Alemania gracias a sus cotizaciones, independiente de la de viudedad.
Desde su perspectiva, apenas se produjo un cambio sustancial. Las rentas siguieron abonándose con normalidad, aunque bajo denominaciones administrativas distintas. No fue hasta 2019 cuando la Seguridad Social alemana detectó la situación en una revisión de datos. A partir de ahí, la administración concluyó que la pensión de viudedad debía haberse reducido de forma notable al estar cobrando otras rentas, así que recalculó la prestación con efectos retroactivos hasta 2002. El resultado, una sobreprestación de 31.000 euros y la práctica desaparición de la pensión de viudedad.
La Seguridad Social alemana defendió su actuación al considerar que la mujer incumplió sus obligaciones de información. A su juicio, el paso de la pensión suiza de viudedad a una de jubilación, así como el cobro de una pensión propia en Alemania, constituían ingresos computables que debían haberse comunicado expresamente. Ese supuesto incumplimiento permitiría anular el reconocimiento original de la pensión y reclamar las cantidades abonadas de más.
La viuda recurrió la decisión y alegó que facilitó toda la información relevante en el momento de solicitar la pensión y que, posteriormente, no apareció ningún ingreso nuevo, sino una conversión automática dentro del sistema suizo. También señaló que la propia administración alemana disponía de datos sobre sus rentas, incluidos avisos procedentes de las autoridades suizas.
El tribunal que examinó el caso respaldó este planteamiento. En su sentencia, reconoció que las pensiones de jubilación pueden influir en el importe de una pensión de viudedad, pero centró el análisis en si la administración podía revisar la prestación con efectos retroactivos tras un periodo tan prolongado. La ley solo permite hacerlo cuando existe una conducta dolosa o una negligencia grave por parte del beneficiario, un extremo que el tribunal descartó.
Los magistrados concluyeron que la conversión automática de la pensión suiza no supuso la aparición de un ingreso nuevo, sino un cambio de denominación de una prestación ya conocida por la administración. En ese contexto, no resultaba evidente que surgiera una nueva obligación de comunicación para una pensionista diligente. Tampoco apreciaron negligencia grave en relación con la pensión alemana, ya que las comunicaciones recibidas por la mujer resultaban ambiguas y podían llevarla a pensar que el cruce de datos entre administraciones se realizaba de forma automática.
El fallo otorgó además un peso decisivo al paso del tiempo. Entre la conversión de la pensión y la reclamación transcurrieron casi dos décadas, un intervalo que refuerza el principio de confianza legítima del beneficiario. En ausencia de un comportamiento especialmente grave, la administración no puede corregir sin límite temporal una prestación que ha venido abonando de manera continuada.
La sentencia subrayó también el carácter atípico del caso. La caja de compensación suiza comunicó ya en 2004 la conversión de la pensión, pero esa información no tuvo consecuencias prácticas. De haber actuado entonces, la eventual sobreprestación habría sido muy inferior.
El procedimiento, no obstante, sigue abierto. La Seguridad Social alemana ha recurrido la resolución y mantiene que la beneficiaria incumplió de forma clara sus obligaciones. Será ahora un tribunal superior el que decida si la reclamación de los 31.000 euros prospera o si el criterio de la primera instancia se consolida.