Un abogado lanza un importante aviso a todos aquellos que colocan adornos navideños en las ventanas
Remarca el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Ya es Navidad. Turrones, polvorones, roscones y mazapanes inundan todo junto a esas inconfundibles luces y esos adornos que dan a las calles un aspecto muy especial. A eso contribuyen muchos vecinos, que colocan en sus propias ventanas y balcones objetos para celebrar esta época.
Pero cuidado si eres de los que adorna su casa, sobre todo si tienes a los típicos vecinos a los que les gusta buscar líos. El abogado Jorge Lozano Alarcón ha dejado claro que "colocar adornos navideños en tu casa podría ser ilegal".
"Con la llegada de la Navidad es muy común ver balcones llenos de luces, guirnaldas y estos típicos muñecos de Papá Noel", explica el experto, que subraya que "mucha gente desconoce que para colocar este tipo de adornos es necesario un permiso expreso de la comunidad de propietarios".
Lozano avisa de que, en caso contrario, "te podrías enfrentar a una demanda judicial". Esto se regula expresamente, según señala, en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Qué dice el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal
"El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario", señala ese artículo.
El abogado asegura que, obviamente, "tanto las luces como colocar un Papá Noel en la terraza alteran la estética de la fachada y, en principio, necesitarías la autorización de la comunidad".
Cuidado si tienes a un vecino como el Grinch
Dicho eso, el propio Lozano reconoce que "en la práctica nadie pide autorización para colocar este tipo de adornos ya que, tácitamente, la comunidad se lo permite por la época que es".
"Sin embargo, lo cierto es que, si tienes un vecino que sea un poco como el Grinch, te pueden requerir que quites esos adornos si no tienes autorización", deja claro el abogado.
En los comentarios, a un usuario le ha surgido una duda: "O sea, ¿las banderas de Cataluña y Palestina que se ponen en los balcones también son ilegales?". Lozano ha sido claro al respecto: "Técnicamente sí, porque alteran la fachada de forma relevante".