Es oficial: Hacienda confirma el único caso en el que puedes anular la declaración de la renta
En la campaña de este año tienes una nueva opción disponible: anular una renta ya presentada.

Aunque la declaración de la renta se puede presentar hasta el 30 de junio, miles de contribuyentes han completado ya el trámite de IRPF con Hacienda. A veces es aconsejable hacerlo cuanto antes, siempre y cuando no tengas dudas y quieras cobrar pronto la devolución. Pero también es cierto que las prisas no son buenas consejeras.
Quizás al entregarla demasiado pronto has cometido errores, por ejemplo, al no actualizar tus datos personales o fiscales, u olvidando una deducción a la que tenías derecho.
En estos casos no hace falta que te lleves las manos a la cabeza. Siempre puedes modificar una declaración ya presentada, aunque no debes dejar pasar muchos días.
Además, desde este año existe la posibilidad de anular directamente la presentación de la renta. Es decir, aunque la hayas presentado, la Agencia Tributaria no la tendrá en cuenta.
No todos los contribuyentes pueden hacerlo. Sólo se puede hacer en un caso concreto. Si te encuentras entre ellos, tendrás que seguir una serie de pasos en la sede electrónica de Hacienda para anular la presentación.
¿Quién puede anular la declaración de la renta?
El principal requisito para que Hacienda te deje anular la declaración de la renta es que no estés obligado a presentarla. Es decir, que tus umbrales de ingresos te permitan no pasar el trámite con Hacienda.
Estos son los contribuyente que tienen que presentar la renta:
- Con un solo pagador: tienes que presentarla si partes de unos ingresos de 22.000 euros anuales.
- Con dos o más pagadores: tienes que presentarla si tus ingresos son superiores a 15.876 euros anuales, siempre y cuando el segundo y los demás pagadores estén por encima de los 1.500 euros.
Si estás por debajo de estos ingresos no es necesario que hagas la renta. Muchos la presentan para beneficiarse de las deducciones. Pero también es posible que te arrepientas luego. En este caso la puedes anular.
Hacienda también aclara que esta opción está disponible "para declaraciones en las que no haya habido un cambio de modalidad" y siempre y cuando tengas "datos fiables a la hora de traer importes a esta ventana".
Así puedes anular una renta ya presentada
Para anular la presentación debes dirigirte a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y entrar en el servicio de Renta Web. Una vez aquí, es necesario que te identifiques con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Después has de pinchar en Servicios disponibles y en Modificar declaración. Luego hay que acceder a Modificar declaración presentada y seleccionar la declaración que quieres anular.
En cuanto estés dentro de la declaración es necesario que marques la casilla 103 y que pulses en el icono del lápiz que aparece junto a ella. En esta nueva ventana de Autoliquidación rectificativa debes marcar la nueva casilla que aparece y así solicitar que la declaración se recoja como no presentada.
Por último, tendrás que marcar la casilla de que no estás obligado a presentar la renta y pulsar en el botón de Presentar.
"Si después de presentar esta declaración rectificativa de anulación, presentas una nueva declaración se considerará como una primera declaración sin posibilidad de recuperar declaraciones anteriores e importando únicamente los datos fiscales", aclara Hacienda.
