Reforma del Código Penal: qué se modifica y a quiénes puede afectar

Reforma del Código Penal: qué se modifica y a quiénes puede afectar

Claves de los múltiples cambios que el Gobierno y sus socios quieren llevar a cabo.

Oriol Junqueras, líder de ERC, pasa junto a Pedro Sánchez en el Congreso en mayo de 2019.Pool via Getty Images

Sedición, contigo comenzó todo. Los partidos políticos apuran las negociaciones para aprobar en el Congreso una reforma del Código Penal que comenzó planteando la reforma del delito de sedición pero que incluirá, vía enmiendas, otras muchas cuestiones.

Desde la malversación a la elección de los jueces del Tribunal Constitucional, estas son las claves de los cambios que se van a realizar.

¿Qué se pretende modificar?

El delito de sedición

La propuesta de PSOE y Unidas Podemos es derogarlo y sustituirlo por una modalidad agravada del delito de desórdenes públicos.

En la práctica esto supone una rebaja de las penas por este delito que pasaría de 15 años a entre seis y cinco.

Los partidos que forman la coalición de Gobierno aseguran que con esta propuesta se homologa este tipo penal al resto de países europeos, donde no existe esta figura y donde se castiga con penas inferiores a la del actual Código Penal español.

Según ha anunciado el líder de Unidas Podemos en el Congreso, Jaume Asens, los socios de coalición han pactado que la modificación del artículo 557 bis del Código Penal con la creación del delito de desórdenes públicos no sirva de excusa para castigar la protesta social pacífica.

Así, este tipo se aplicará sólo en el caso de que concurra violencia e intimidación.

Con el actual tipo se alude genéricamente, dentro del tipo sobre infracciones por alteración de la convivencia pública, a que se castigará con penas de cárcel cuando se altere la convivencia pública en manifestaciones o reuniones.

El delito de malversación

La propuesta parte de ERC, que propone condenas de hasta ocho años de prisión para quienes se lucren a través de la malversación y de hasta tres años para los que no se lucren, pero sí destinen fondos públicos a beneficio propio.

De esta manera, se volvería al modelo anterior a la reforma que llevó a cabo el PP en 2015 del Código Penal y que quitó la diferenciación entre quien se lucra y quien no.

Una reforma que ha criticado la ministra de Defensa, Margarita Robles, jueza de formación, quien cree que no se debe castigar por igual a quien se beneficia económicamente y a quien no.

El texto de la enmienda de ERC señala que “la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años”.

Un nuevo delito de enriquecimiento ilícito

Esta modificación del Código Penal también corre a cuenta de PSOE y Unidas Podemos, que presentará una enmienda para que las autoridades públicas estén obligadas a justificar un enriquecimiento de más de 250.000 euros.

Según ha adelantado la Cadena SER, se creará un nuevo punto del articulado, el 438 bis que establece que, por un periodo de hasta cinco años después del desempeño del cargo, la autoridad “que haya obtenido un incremento patrimonial o una cancelación de obligaciones o deudas por un valor superior a 250.000 euros respecto a sus ingresos acreditados” será “castigado con penas de prisión de seis a tres años”.

Además, se aplicarían una multa del tanto al triplo del beneficio obtenido, al mismo tiempo que se prevé la inhabilitación especial para empleo o cargo públicos y para el ejercicio de sufragio pasivo por tiempo de entre dos a siete años”. Esta última medida se impondría en el caso de que se negara “abiertamente a dar el debido cumplimiento a los requerimientos de los órganos competentes destinados a comprobar su justificación”.

La elección de los jueces del TC

Otra enmienda del Gobierno a la proposición de ley para reformar la sedición que pretende acabar de una vez por todas con el bloqueo en la elección de los dos magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponden al caduco Consejo General del Poder Judicial, cuya mayoría conservadora bloquea el acuerdo desde hace meses.

Ante esta posición de inmovilismo de los vocales elegidos por el PP, el Gobierno ha decidido tomar cartas en el asunto y acabar con la necesidad de una mayoría de tres quintos en este órgano para elegir a los magistrados del Constitucional.

Según adelantó Eldiario, la modificación incluirá un nuevo redactado del artículo 599.1.1ª de la ley del Poder Judicial para que en un plazo de cinco días hábiles los vocales del Consejo “puedan proponer a la presidencia candidatos a magistrado o magistrada del Tribunal Constitucional”. De este modo, cada vocal podrá presentar un máximo de un candidato y el presidente del Consejo estará obligado en un plazo de tres días hábiles “de convocar un Pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados”.

Este Pleno, según la enmienda, deberá celebrarse “en un máximo de tres días hábiles desde su convocatoria”. La votación que salga de ese pleno será por mayoría simple y no de tres quintos, como hasta ahora.

Para evitar nuevos bloqueos, la enmienda contempla que en caso de que se incumpla este mandato, se incurra en responsabilidades “de todo orden, incluida la penal”. Según Eldiario, los vocales que pretendan persistir en el bloqueo podrían ser imputados por los delitos de desobediencia o prevaricación omisiva.

Los delitos contra los derechos de los trabajadores

El Gobierno también aprovechará la tramitación de la sedición para modificar el artículo 311 del Código Penal para castigar el incumplimiento de la legislación laboral.

De este modo, se castigará con penas de prisión de seis meses a seis años a quienes “impongan condiciones ilegales bajo fórmulas ajenas a su contrato de trabajo”.

Con esta modificación, el Gobierno pretende castigar a las empresas de reparto a domicilio que vulneren los derechos de los trabajadores.

Pese a la aprobación de la ley rider, estas compañías siguen incumpliendo la ley, pero al hacerlo sólo incurren en delitos administrativos y no penales. Esta enmienda pretende endurecer el castigo para que se cumpla la normativa.

¿A quiénes afectarán las reformas?

Hay unos cuantos nombres propios que se podrían ver afectados, para bien o para mal, por las reformas del Código Penal.

Uno de ellos, el líder de ERC, Oriol Junqueras, a quien se le conmutó la pena de cárcel con los indultos del Gobierno pero no así la de inhabilitación, que en su caso fue hasta julio de 2031.

De aprobarse la reforma propuesta por ERC del delito de malversación, que rebaja el castigo de inhabilitación, de tal modo que a partir de ahora sea de uno a cuatro años, el castigo para Junqueras sería de un máximo de cuatro años.

Dado que empezó a contar la pena en julio de 2018, esto abriría la puerta a que se presentase a las generales de 2023 o a las catalanas de 2025.

  Oriol Junqueras, líder de ERC, el pasado mes de noviembre.Europa Press News via Getty Images

Otro es José Antonio Griñán, expresidente andaluz condenado a seis años de prisión por malversación en el ‘caso de los ERE’.

Aunque en los últimos días desde la derecha se aseguraba que el PSOE buscaba beneficiar al exdirigente socialista con esta reforma, lo cierto es que con la propuesta de ERC no se podría beneficiar de una rebaja de las condenas, porque sí que se habría producido un enriquecimiento a terceras personas a través de una red clientelar.

  José Antonio Griñán.CRISTINA QUICLER via Getty Images

De hecho, la postura de Unidas Podemos en este asunto es clara: apoyarán la propuesta siempre que no se beneficie a imputados y condenados por corrupción.

La creación del delito de enriquecimiento ilícito afectaría muy claramente a la alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz, cuyo patrimonio asciende a la friolera de 12 millones de euros.

  Ángeles Muñoz junto a José María Aznar, en Marbella.Alvaro Cabrera via Getty Images

La reforma busca que los cargos públicos deban justificar el enriquecimiento a partir de 250.000 euros. Muchos miles de euros los que tendrá que explicar Muñoz, cuyo patrimonio está suponiendo un claro problema para Juanma Moreno, presidente andaluz.

La no justificación de este patrimonio conlleva penas de cárcel de hasta tres años.

¿Qué dice la oposición?

La derecha ha estallado contra el Gobierno por esta serie de reformas que plantean los partidos de la coalición.

Desde el PP, su líder, Alberto Núñez Feijóo, acusa al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de “recrudecer sus ataques a las instituciones y a nuestro Estado de Derecho” mediante una “deriva autoritaria”.

Por eso, ha anunciado recursos de inconstitucionalidad, aunque sin aclarar contra qué medidas.

La portavoz en el Congreso y secretaria general del PP, Cuca Gamarra, ha hablado de “mercadeo de la ley en el Parlamento” por parte del Ejecutivo con el fin de mantenerse en el poder.

A juicio de Gamarra, “reforman delitos por exigencia de aquellos que los han cometido para quedar impunes”. “El problema no es que sus socios se lo exijan, sino que Sánchez ceda”, ha agregado.

La (todavía) líder de Ciudadanos, Inés Arrimadas, ha instado al PP a hacer “algo más que poner un tuit” y decir que “ya si eso cuando gobierne” tomará medidas. “Creo que hay mecanismos democráticos”, ha agregado en referencia a una posible moción de censura que, con la actual aritmética parlamentaria, no saldría adelante.

Algo que Arrimadas ha reconocido, asegurando que sí serviría “para que Sánchez tenga un mayor coste electoral del que está teniendo”.

Precisamente la extrema derecha ha asegurado estar buscando un “candidato neutral” para una moción de censura. En respuesta a esta iniciativa, la líder de Ciudadanos cree que quien tiene que hacerlo es Feijóo.

Arrimadas ha acusado al presidente del Gobierno de ser “un aprendiz de dictador”, de llevar a cabo estos cambios “a hurtadillas” y de estar “dando un autogolpe a la democracia española”.

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Jefe de Política de El HuffPost