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La despiden, descubre un error de cálculo de su antigüedad y vuelve a casa con la indemnización máxima

La despiden, descubre un error de cálculo de su antigüedad y vuelve a casa con la indemnización máxima

La mujer acumuló casi tres años de antigüedad entre 2016 y 2019, aunque la mayoría del tiempo estuvo de baja médica.

Un juez dicta sentencia con un mazo.
Un juez dicta sentencia con un mazo.Getty Images

Numerosos empleados se han encontrado en algún momento de su vida en la tesitura de que le despidan. Este proceso se hace aún más amargo cuando las circunstancias, además, terminan en un largo proceso judicial por reclamar lo que es justo. 

Así le pasó a una esteticista en Francia, que tuvo que recorrer un largo camino judicial tras ser despedida en mayo de 2016. Tras unos meses en el trabajo su médico le di una baja por enfermedad que se prolongó hasta el 2019, cuando la echaron del trabajo. "El despido fue notificado por el liquidador designado por el tribunal como parte del proceso de liquidación de la empresa", explicó Xavier Berjot, abogado del Colegio de Abogados de París, al medio journaldunet.com

En diciembre de 2023 su caso dio un giro cuando el Tribunal de Apelación de Aix-en-Provence se pronunció sobre el despido improcedente. En su sentencia da derecho a todos los empleados con al menos un año de antigüedad a una indemnización, conforme a la escala prevista en el artículo L1253-3 del Código de Trabajo francés. Para las empresas con menos de once empleados, la indemnización mínima es de medio mes de salario. Mientas que en las empresas con once empleados o más la indemnización mínima es de un mes de salario.

La mujer acumuló casi tres años de antigüedad entre 2016 y 2019, pero su reclamación de indemnización fue denegada. "El Tribunal de Apelación consideró que la empleada, que había estado de baja por enfermedad durante más de dos años, solo tenía seis meses de antigüedad. Por lo tanto, desestimó su derecho a indemnización por despido improcedente", señaló Berjot.

De esta forma, los jueces de primera instancia descontaron los periodos de baja por enfermedad de la antigüedad de la empleada. Ante esto decidió recurrir ante el Tribunal de Casación. Esta, finalmente, falló a su favor en una sentencia del 1 de octubre. "El Tribunal de Casación se basa en la jurisprudencia consolidada según la cual los periodos de suspensión del contrato laboral —incluidas las bajas por enfermedad— no pueden descontarse de la antigüedad del empleado", agregó el abogado. 

Esta sentencia deja claro que el tiempo de baja por enfermedad forma parte de la antigüedad de un empleado. Sin embargo, la cuentía de la indemnización sí puede verse afectada por los periodos de ausencia por la baja. "La cuantía de la indemnización puede verse afectada en otros contextos: por ejemplo, en relación con la indemnización legal por despido, el Tribunal de Casación ha dictaminado que ciertas ausencias pueden reducir la base de cálculo (Cass. soc., 28 de septiembre de 2022, n.º 20-18.218)", resaltó Berjot.  

Tras un largo periplo, el Tribunal de Casación determinó que la esteticista tenía dos años y diez meses de antigüedad, por lo que acabó recibiendo una indemnización de entre 0,5 y 3,5 meses de salario. Se le acabó concediendo la cantidad máxima, que se tradujo en 5.989 euros. 

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