El BOE cambia las normas de cara a las elecciones andaluzas: los partidos tendrán que anticiparse si quieren enviar propaganda
La Junta Electoral firma una instrucción que cambia cómo las candidaturas electorales pueden acceder al censo para enviar propaganda, y los cambios ya se aplican de cara a las andaluzas.

Primera instrucción del año de la Junta Electoral. La publica el BOE este martes e introduce cambios de calado que se verán ya en las próximas elecciones andaluzas, convocadas para el 17 de mayo. La Junta Electoral Central confirma, con esta instrucción, cambios para cumplir de forma más efectiva con el artículo 41.5 de la Ley Electoral. Es decir: para que los partidos accedan al censo para enviar propaganda a casa.
A partir de ahora, los partidos que concurran a elecciones de cualquier nivel en España (municipales, autonómicas, generales) podrán acceder al censo electoral por nuevas vías para poder obtener las direcciones postales de los votantes, a fin de mandar a casa las preceptivas cartas con papeletas llamando al voto. El cambio es importante porque también introduce nuevos mecanismos y plazos.
Hasta ahora, los partidos políticos y las agrupaciones de electores podían acceder al censo electoral de los comicios en los que concurrieran para preparar el envío de propaganda. El problema: lo que solían recibir era o un CD o un pendrive en el que estaban las copias del censo archivadas. A partir de ahora, gracias a esta instrucción de la Junta Electoral, el acceso será telemático.
"Los representantes de las candidaturas proclamadas podrán ejercer el derecho reconocido en el artículo 41.5 de la Ley Electoral mediante el acceso telemático desde el portal del Instituto Nacional de Estadística a las copias del censo electoral vigente". Los representantes, eso sí, deberán presentar una solicitud en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística.
La nueva forma de acceder al censo que tendrán los partidos
Los representantes de las candidaturas electorales tendrán hasta el día que se proclamen las candidaturas para solicitar acceso telemático a las copias del censo electoral. En las solicitudes se deberá introducir nombre del representante, documentación que le acredite como tal, provincia o provincias del que se pide copia del censo, y dos correos electrónicos: uno para recibir la información cifrada y otra para recibir las contraseñas.
Los partidos y agrupaciones de electores recibirán copia del censo en un plazo de dos días desde que se proclamen las candidaturas. Para que el proceso pueda ejecutarse sin obstáculos, previamente las juntas electorales de zona deberán comunicar a la Oficina del Censo Electoral qué candidaturas hay proclamadas en cada provincia. Interior tendrá que desarrollar o comprar una herramienta informática para poder listarlas.
Esto introduce un cambio importante que ya está en vigor y en consecuencia afecta a las elecciones andaluzas de mayo. Los partidos que concurran a ellas podrán acceder telemáticamente al censo electoral para enviar la propaganda postal a las direcciones de los millones de votantes andaluces. El día de proclamación de candidaturas para estas elecciones autonómicas será el 20 de abril.
Será el día 21 de abril cuando el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicará oficialmente la proclamación de dichas candidaturas, con lo que vencerá el plazo por el que los candidatos y representantes de los partidos habrán podido solicitar ese acceso telemático al censo electoral.
Una medida de la Junta Electoral Central que servirá para hacer que este procedimiento sea más propio del siglo XXI, sin depender de soportes físicos.
