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Feijóo acusa al Gobierno de regularizar a inmigrantes con antecedentes policiales y Saiz responde: "Es desconocimiento o mala fe"

Feijóo acusa al Gobierno de regularizar a inmigrantes con antecedentes policiales y Saiz responde: "Es desconocimiento o mala fe"

El presidente del PP carga duramente contra el Ejecutivo el mismo día que se publica la norma para la regularización en el BOE. 

El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo
El líder del PP, Alberto Núñez FeijóoEFE

El presidente del PP y líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, ha arremetido duramente este miércoles contra el Gobierno por querer regularizar "a granel" a personas inmigrantes con "antecedentes policiales" o que "han abusado de una mujer".

En declaraciones a los periodistas en los pasillos del Congreso, el mismo día que se ha publicado en el BOE el decreto del Ejecutivo para aprobar la regularización extraordinaria de alrededor de medio millón de inmigrantes, el líder gallego ha señalado que la política de inmigración del Gobierno no es "sensata ni responsable" porque la regularización debe hacerse de forma "individualizada". "No tiene ningún sentido que un inmigrante con antecedentes policiales pueda seguir conviviendo en nuestro país. Y el Gobierno ha dicho muy claramente que con informes policiales, con antecedentes policiales, se va a regularizar a ese inmigrante", ha apostillado.

En este sentido, ha indicado que "un inmigrante que ha delinquido, que ha abusado de una mujer o ha robado a un ciudadano o ha incumplido varias veces la legislación española" no debería poder acogerse a ese proceso de regularización. A su entender, eso "no tiene ningún antecedente en ningún país de la Unión Europea".

El jefe de la oposición ha reiterado que la inmigración debe ser "legal" y "ordenada", con personas que vengan a "aportar y a cumplir las leyes", "sin antecedentes penales y policiales". A su juicio, eso es "lo correcto".

La respuesta del Gobierno ha sido casi inmediata. La ministra de Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha acusado a Feijóo, de “desconocimiento o mala fe” por decir que el Gobierno permitirá obtener el permiso de residencia a “inmigrantes que han abusado de una mujer”. “Carecer de antecedentes es y sigue siendo un requisito imprescindible para cualquier normativa en materia de extranjería”, ha replicado Saiz.

Qué dice el decreto sobre los antecedentes penales

El decreto publicado en el BOE establece que, para acceder a la regularización, los solicitantes deberán no suponer un riesgo para la seguridad, y que dicha condición se comprobará mediante una evaluación. Para ello, la Administración analizará tanto los antecedentes penales, como la información contenida en los informes policiales. Sin embargo, el propio decreto aclara que la existencia de antecedentes en el informe policial no tendrá como consecuencia automática la denegación de la autorización.

En el caso en el que existan antecedentes en el informe policial, el órgano competente para tramitar la solicitud valorará "de forma casuística y circunstanciada", que la persona extranjera no suponga una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

"No representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública. Esta circunstancia se acreditará mediante la comprobación de la inexistencia de antecedentes penales y la valoración del informe policial correspondiente. La existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización", señala el BOE.

Asimismo, en relación con los antecedentes penales del país de origen y de los países en los que hubiese residido durante los últimos cinco años anteriores a la fecha de entrada en España, la persona solicitante deberá aportar certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por las autoridades del país correspondiente.

En el caso de que el interesado acreditase haber solicitado el certificado de antecedentes penales de las autoridades del país de origen o de aquellos donde hubiera residido durante los últimos cinco años anteriores a la fecha de entrada en España, y hubiera transcurrido un mes sin haberlo recibido, la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería solicitará al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que recabe, por vía diplomática el certificado de antecedentes penales o documento equivalente.

Según el texto, cuando la Administración solicite el informe correspondiente al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el expediente quedará suspendido durante un plazo máximo de tres meses. Durante ese tiempo, el procedimiento no avanza a la espera de la recepción del certificado de antecedentes penales o de un documento equivalente que permita verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión de la autorización.

El BOE establece que, si transcurren esos tres meses sin que el Ministerio haya recibido el certificado de antecedentes penales o un documento equivalente, se deberá poner esta circunstancia en conocimiento de la unidad encargada de la tramitación de expedientes de extranjería. A continuación, esta unidad deberá comunicar la situación a la persona solicitante, informándole de la falta de documentación y le concederá un plazo adicional de 15 días para que aporte directamente el certificado de antecedentes penales o el documento equivalente, "con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud".

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