La Justicia ordena a Ayuso crear ya el registro de objetores del aborto
Madrid fue la única comunidad autónoma que se ha negado a desarrollarlo.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado a la Comunidad de Madrid que inicie "de inmediato" la creación del registro de objetores para las interrupciones voluntarias del embarazo.
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal ha aceptado las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio de Sanidad ante la negativa del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso a aplicar la ley del aborto.
El tribunal especifica que, aunque la medida cautelar no supone la creación inmediata del registro por parte de la Comunidad de Madrid, sí impone la obligación de iniciar los trámites administrativos necesarios para su elaboración y aprobación, en cumplimiento de la normativa vigente.
El Ministerio recurrió a la vía judicial porque Madrid es la única comunidad autónoma que se ha negado a desarrollar el registro de objetores previsto en la ley. La Comunidad de Madrid ha avanzado que recurrirá la decisión y ha subrayado que el tribunal, en cualquier caso, "no entra en el fondo del asunto".
Mónica García celebra la "victoria"
La ministra de Sanidad, Mónica García, ha celebrado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ha calificado de "victoria judicial por el derecho al aborto".
"La justicia da la razón al Ministerio de Sanidad y obliga a Ayuso a garantizar el aborto en la sanidad pública. Era la única comunidad que se negaba, derivando el 99 por ciento a la privada. Se acabó", ha destacado García en la red social 'X'.
Asimismo, el secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, ha subrayado que la decisión del TSJM es un paso más para "garantizar el derecho al aborto en Madrid", así como "la seguridad jurídica de los objetores". "Solo una comunidad autónoma se negó a crear el registro de objetores del aborto. Lo que no han querido hacer políticas las buenas lo harán por orden judicial", ha manifestado en la red social 'X'.
Registro de profesionales
El precepto legal establece que, con fines organizativos y para garantizar la adecuada gestión de la prestación sanitaria, las comunidades autónomas deben disponer de un registro de profesionales objetores de conciencia.
Este instrumento tiene como finalidad facilitar la planificación sanitaria y asegurar la correcta prestación del servicio dentro del Sistema Nacional de Salud, compatibilizando el acceso de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo con el ejercicio del derecho de los profesionales a la objeción de conciencia.
La normativa prevé asimismo que, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se acuerde un protocolo específico que establezca las condiciones mínimas para la creación y funcionamiento de dichos registros.
En cumplimiento de esta previsión, el 16 de diciembre de 2024 el citado órgano aprobó un protocolo de coordinación para la implantación del registro en todas las administraciones sanitarias.
Según consta en el auto, dicho Acuerdo fue adoptado por unanimidad, con la participación de todas las comunidades autónomas, incluida la Comunidad de Madrid. El protocolo tiene carácter vinculante como instrumento de coordinación administrativa conforme a lo previsto en la legislación de régimen jurídico del sector público.