Despedida tras 30 años en la empresa por un bote de detergente de 2,90 euros: "No daba crédito a lo que veía"
"Esto es lo que ocurre cuando los beneficios ya no tienen ninguna conexión con la ética ni con las personas".

Despedida por 2,90 euros tras treinta años en la empresa. No tenía una sola sanción. Es lo que le ocurrió a una trabajadora de la cadena italiana Pam Panorama en la ciudad de Grosseto, en la región de la Maremma (Toscana, Italia). El caso, que ha salido ahora a la luz, ha provocado indignación sindical y un debate de fondo sobre la proporcionalidad de los despidos disciplinarios.
La historia se suma a otros episodios recientes que han sacudido al sector de la gran distribución en Italia. Y vuelve a poner sobre la mesa una pregunta incómoda: ¿hasta dónde puede llegar la "causa justa" cuando el daño económico es mínimo y el historial del trabajador es intachable?
Un accidente, permiso del encargado y un despido
Los hechos se remontan al pasado mes de septiembre, aunque no trascendieron públicamente hasta semanas después. La trabajadora, una cajera de más de cincuenta años, con familia y décadas de antigüedad, había terminado su turno y realizaba una compra como cualquier otra clienta. Entre los productos, una botella de detergente.
Pagó en caja, salió del establecimiento y, justo en la puerta, el envase se rompió accidentalmente. El detergente se derramó en el suelo. La empleada regresó al interior de la tienda, avisó al encargado —preocupada también por el riesgo de que alguien resbalara— y, según su versión, con el visto bueno del gerente, cogió otra botella del estante para sustituir la rota. No volvió a pasar por caja.
"Como si hubiera robado"
Días después llegó la sorpresa. La dirección local de la empresa la citó para comunicarle una sanción disciplinaria. El motivo: no haber pagado el segundo bote de detergente. La consecuencia: despido con justa causa, equiparando el gesto a un robo.
Para la trabajadora, el golpe fue devastador. No entendía cómo un incidente así podía acabar con una relación laboral de tres décadas. Durante una reunión aclaratoria, la empresa mantuvo su postura: debía haber pagado el producto por segunda vez, independientemente de que el primero se hubiera roto tras ser abonado y de que existiera autorización verbal del encargado.
No hubo denuncia penal. Tampoco acusación formal de hurto ante la justicia. Aun así, el despido se ejecutó.
El caso llega a los tribunales
Ante la situación, la empleada recurrió al sindicato Filcams-CGIL, la federación de comercio y servicios de la CGIL. El caso fue publicado por los medios locales Il Tirreno y Maremma Oggi, y actualmente está en manos del juez laboral de Grosseto.
El secretario sindical en la zona, Pier Paolo Micci, reconoce que él mismo quedó impactado: "No daba crédito a lo que veía", explica al Corriere Fiorentino, al recordar tanto el expediente como la reunión con la empresa en la que se ratificó el despido.
La defensa corre ahora a cargo del abogado laboralista Paolo Martellucci. Se espera una sentencia en las próximas semanas.
Una "justa causa" bajo sospecha
Desde el punto de vista jurídico, el caso no es menor. En el derecho laboral italiano —como en otros países europeos—, el despido disciplinario exige proporcionalidad entre la falta y la sanción. La antigüedad, la ausencia de antecedentes y la intencionalidad suelen ser factores clave.
Aquí, el daño económico es mínimo, el producto ya había sido pagado inicialmente y no existe enriquecimiento personal. Además, no se han presentado cargos penales. Todo ello refuerza la tesis sindical de que el despido es desproporcionado.
"Esto es lo que ocurre cuando los beneficios ya no tienen ninguna conexión con la ética ni con las personas", afirma Micci. "La humillación infligida a empleados que deberían ser la principal preocupación de una empresa es impactante".
Puede pasar en España
No, no es una pregunta. En España, un caso similar como robar 2 euros es un hurto menor, pero justifica un despido disciplinario procedente, independientemente de la cuantía baja.
El Estatuto de los Trabajadores (artículo 54.2.d) permite el despido por "transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo". Tribunales como el Supremo han confirmado que cualquier hurto a la empresa rompe la confianza esencial, incluso por valores mínimos (como el caso de una cajera que hurtó productos por 5 euros).
