El Constitucional tumba más trabas a la ley de amnistía, pero da la razón en parte al Supremo
El alto tribunal rechaza el recurso del Gobierno de Aragón y las objeciones más grandes del Supremo, pero estima algunas que ya habían sido modificadas respecto a la primera redacción de la norma.

Una de cal y una de arena. Cuando la arena ya era innecesaria. El Tribunal Constitucional continúa dando pasos hacia la constitucionalidad plena de la ley de amnistía. Este viernes, el alto tribunal ha tumbado el recurso presentado por el Gobierno de Aragón, en manos del popular Jorge Azcón, y también de algunas objeciones del Tribunal Supremo a la norma.
Con todo y según recoge El País, el Constitucional sí ha estimado algunas consideraciones del Tribunal Supremo, pero estas ya habían sido modificadas o arregladas en la primera sentencia sobre la ley de amnistía, en respuesta al recurso presentado por el Partido Popular. Entra en este marco el concepto de discriminación que apreció el Supremo, por el que la norma -con la primera redacción- presuponía que había amnistía para quienes cometiesen delito en favor del procès, pero no en el caso contrario.
No obstante, el Constitucional sí ha rechazado otra de las cuestiones que el Supremo cree que podrían incurrir en la inconstitucionalidad de la norma. El de que toda la ley en sí vulneraba el principio de seguridad jurídica y el derecho a la igualdad. El Constitucional argumenta que este tipo de normas son "constitucionalmente admisible cuando responde a una coyuntura extraordinaria", como fue "la crisis constitucional derivada del proceso secesionista catalán".
Por otro lado, el tribunal de máximo rango en España contradice al Supremo y entiende que "la ley impugnada responde a un fin legítimo, explícito y razonable", además de que "todo lo que no está constitucionalmente vedado queda, en principio, dentro del ámbito de decisión del legislador".
¿Afecta esta decisión en algo a Puigdemont?, ¿qué viene ahora?
Una vez más, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre cuestiones que no incluían el caso del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont. El líder de Junts, todavía prófugo de la justicia en Bélgica, no se ha podido acoger a la ley de amnistía porque no se le ha podido aplicar el supuesto de la amnistía al delito de malversación. Una cuestión con la firma del Supremo, que ha provocado que Puigdemont presentase un recurso de amparo por este motivo.
Precisamente, dicho recurso fue aceptado ayer por parte del Tribunal Constitucional. De nuevo con los votos de la mayoría progresista, el tribunal presidido por Cándido Conde Pumpido también admitió a trámite los recursos de los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig, en misma situación. El próximo año es el horizonte temporal que aguarda a los últimos líderes del procès que no han podido normalizar su situación y vida.
