Cambio de criterio sobre una deducción olvidada por la venta de la vivienda en la Renta

Cambio de criterio sobre una deducción olvidada por la venta de la vivienda en la Renta

Un número importante de contribuyentes pueden verse beneficiados.

Una persona con una calculadoraGetty Images

Noticia importante que puede beneficiar a un importante número de personas en la declaración de la Renta. El Tribunal Económico-Administrativo Central ha emitido una resolución en la que cambia el criterio de aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual.

Con su decisión, el tribunal abre la puerta a la aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual en los años o períodos posteriores al 2012 por parte de contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 01/01/2013 y que no hubieran practicado ni consignado tal deducción en ninguno de los años o períodos anteriores al 2013 desde que la adquirieron.

Tal y como señala la nueva doctrina, el criterio en cuanto a la aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual pasa a ser el siguiente:

  1. Podrán aplicarla aquellos que no hubieran practicado ni consignado la deducción antes de 2013 porque no hubieran presentado declaración por no resultar obligado a ello por razón de las rentas obtenidas.
  2. Podrán aplicarla aquellos que no hubieran practicado ni consignado la deducción antes de 2013 porque estando obligados a presentar declaración por razón de las rentas y habiéndola presentado, no hubieran tenido en ninguno de tales períodos cuota íntegra para poder aplicarla.
  3. No podrán aplicarla aquellos que estando obligado a presentar declaración por razón de las rentas y habiéndola presentado, no hubieran practicado la deducción antes de 2013 a pesar de haber tenido en alguno de tales períodos cuotas íntegras a las que poder aplicarla.
  4. Cuando la falta de cuotas que impidió la práctica de la deducción antes de 2013 obedezca a un error, habrá que estar las circunstancias del caso, en los términos antes expuestos.