Confirmado por la OCU: así puedes reclamar los "cobros abusivos en el alquiler" tras la multa del Ministerio a Alquiler Seguro
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Confirmado por la OCU: así puedes reclamar los "cobros abusivos en el alquiler" tras la multa del Ministerio a Alquiler Seguro

"La ley está de tu parte: si te han cobrado, reclama", subrayan desde la asociación.

Una entrega de llavesWestend61 vía Getty Images

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha confirmado de forma definitiva la multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por prácticas abusivas contra inquilinos, tras desestimarse el recurso presentado por la empresa y agotarse la vía administrativa.

El departamento dirigido por Pablo Bustinduy ha estimado que la inmobiliaria ha incurrido en seis infracciones muy graves y una grave al vulnerar los derechos de los consumidores y "aprovechar su posición de predominio de mercado".

Uno de los motivos por los que Alquiler Seguro ha sido sancionada es por haber trasladado a los inquilinos los gastos de gestión y formalización del contrato, algo que está expresamente prohibido por la actual legislación.

En concreto, con aplicación desde el 26 de mayo de 2023, la Ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 20, estipula que "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador".

Ante ese incumplimiento, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha iniciado una campaña (a la que puedes acceder a través de este enlace) para reclamar a las inmobiliarias lo que en la asociación denominan como "cobros abusivos en el alquiler".

Solo pueden cobrar una comisión si los servicios de gestión forman parte de un contrato independiente

Al respecto, desde la OCU han aclarado que las empresas que se dedican al alquiler de inmuebles "solo pueden cobrar una comisión por 'servicios integrales' si esos servicios han sido solicitados y aceptados voluntariamente por el arrendatario en un contrato independiente donde se detallen claramente".

Igualmente, no está permitido que la inmobiliaria imponga la firma de ese contrato de servicios como un requisito obligatorio para poder formalizar el alquiler de la vivienda. Esos servicios deben recibirse de forma voluntaria por parte del arrendatario, de lo contrario, esa cláusula del contrato sería abusiva y, en consecuencia, nula.

"Por tanto, imponer al inquilino esa comisión, aun disfrazada de "servicios" es una práctica abusiva e ilegal. La ley está de tu parte: si te han cobrado, reclama", subrayan desde la Organización de Consumidores y Usuarios.

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Redactor de Hard News en El HuffPost. Graduado en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Rey Juan Carlos y Máster en Periodismo Económico por la misma universidad. Pasó por Capital Radio, La Información y la sección de Actualidad del Diario AS. En El HuffPost escribe sobre temas SEO de toda clase y temas económicos de información de servicio como Declaración de la Renta, prestaciones o pensiones.

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