Prórroga de los alquileres: ¿qué pasa si la medida no es convalidada? ¿Se aplica también si he alquilado una habitación?
El Gobierno ha aprobado este viernes un decreto ley para la prórroga automática de los contratos de alquiler cuya finalización esté prevista para este año 2026 y para 2027 de un máximo de dos años.
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes dos reales decretos-ley para dar respuesta a la crisis derivada del conflicto actual en Oriente Medio. Uno de esos textos, que ha salido adelante gracias a la presión ejercida por Sumar sobre el PSOE, supone la prórroga extraordinaria y automática de dos años para los contratos de alquiler cuya finalización esté prevista para este año 2026 y para 2027
Según la formación de Yolanda Díaz, en estos dos próximos años vencen más de un millón de contratos de alquiler que afectan a 2,7 millones de personas. "El decreto permitirá prorrogar esos contratos en las mismas condiciones para evitar que ninguna familia se enfrente a subidas de hasta 500 euros al mes", señalan fuentes del partido.
La prórroga de los alquileres ha sido uno de los principales reclamos que Sumar ha puesto sobre la mesa al PSOE en estos últimos meses para hacer frente a la escalada imparable de precios. El sindicato de inquilinas ha aplaudido esta decisión porque evitará que muchas personas tengan que hacer frente "a subidas abusivas en los nuevos contratos o que puedan ser expulsados de sus hogares si el casero decide no renovarlos".
Cabe recordar sin embargo que, como todo decreto - ley, esta medida ha de ser convalidada en el Congreso de los Diputados por mayoría simple en un plazo máximo de 30 días. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha admitido que no cuentan todavía con los votos necesarios (PP y Vox ya han anunciado su voto en contra y PNV y Junts podrían alinearse con ellos), pero que en los próximos días y semanas se va a seguir negociando con el resto de grupos parlamentarios para poder sacarlo adelante puesto que la vivienda "es un asunto fundamental para los ciudadanos y para el gobierno de coalición".
En El HuffPost damos respuesta a algunas de las preguntas que suscita la aprobación de esta prórroga de los contratos de alquiler.
¿A partir de cuándo está en vigor?
Desde este mismo sábado, 21 de marzo, una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado.
¿A quién beneficia?
A todos los inquilinos que tengan alquilada una casa y cuyo contrato se extinga entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. La prórroga será de dos años.
Si yo tengo un contrato por el alquiler de una habitación, ¿también me puedo beneficiar?
No, todas estas medidas no afectan a los alquileres temporales o de habitaciones.
¿Qué pasa si el decreto no es convalidado en el Congreso?
Si dentro de un mes el decreto no es convalidado en el Congreso, la medida decaerá y por tanto no tendrá efecto. De este modo, aquellos posteriores contratos que venzan no podrán ser prorrogados.
¿Qué pasa si prorrogo mi contrato y luego decae el decreto?
Todos los que contratos que sí hayan recibido prórroga automática desde mañana hasta que el Congreso se pronuncie, podrán beneficiarse de la medida aunque después no sea convalidada en el Congreso.
¿Cuánto me puede subir el casero el alquiler?
Los contratos firmados anteriormente antes de la entrada en vigor de la ley de vivienda se actualizan en base al IPC interanual, que en febrero se situó en el 2,3%; y los contratos posteriores se actualizan con el índice de alquileres, ahora en el 2,16%. Sin embargo, mientras este decreto esté en vigor, el tope será del 2%.
¿Me pueden desahuciar si no pago el alquiler aunque sea persona vulnerable?
Sí, porque este decreto no incluye la moratoria antidesahucios que sí recogía el escudo social que aprobó el Gobierno a finales de año, pero que no fue convalidado hasta en dos ocasiones por el Congreso.