Un cliente habitual exige a su cafetería de toda la vida 15.000 euros por caerse de la terraza al levantarse de la silla: el juez lo rechaza y le da una lección
El hombre acusó al hostelero de no proteger un escalón de 19 centímetros, pero el tribunal considera que el riesgo era visible y que no todo tropiezo genera indemnización.
Lo que iba a ser una tarde tranquila en su cafetería de siempre acabó en los tribunales. Un cliente habitual reclamó 15.000 euros al dueño del local después de caerse desde la terraza al levantarse de la silla. Sostenía que el establecimiento no había protegido correctamente un desnivel. El juez no solo rechazó la demanda, sino que dejó una idea clara: no todos los accidentes son responsabilidad del hostelero.
Los hechos se remontan a julio de 2023. El hombre estaba en la terraza de su café habitual cuando, al ponerse en pie, perdió el equilibrio y cayó por el borde. El asunto terminó ante el Tribunal Regional de Klagenfurt (Austria), donde el demandante acusó al propietario de haber incumplido sus obligaciones de seguridad.
La acusación: un escalón “demasiado alto” y mal protegido
Según la versión del cliente, la caída se produjo porque tropezó con un borde elevado que no estaba debidamente asegurado. A su juicio, el hostelero había vulnerado su deber de garantizar la seguridad de los clientes, al no señalizar o proteger ese desnivel. La cifra de la reclamación no era menor: 15.000 euros en concepto de daños y perjuicios.
El propietario del local defendió que se trataba de un escalón completamente normal, con una altura de 19 centímetros. Añadió que la terraza se revisa anualmente para detectar posibles deficiencias y que nunca se había señalado ningún problema. Además, explicó que la normativa de construcción vigente no exige medidas adicionales de protección en ese punto.
En otras palabras: no había nada fuera de lo común.
La decisión del tribunal: no todo riesgo es indemnizable
La jueza Irina Thorbauer fue clara. Rechazó la demanda y dio la razón al hostelero. El portavoz del tribunal explicó el razonamiento: un propietario debe proteger a sus clientes frente a peligros reconocibles, pero dentro de límites razonables.
La clave está ahí. La justicia no puede convertirse en un sistema de compensación automática por cualquier percance.
El tribunal consideró que el escalón era habitual y claramente visible. No existía ningún defecto estructural ni incumplimiento normativo. Tampoco era necesaria una señalización adicional. En consecuencia, no podía exigirse responsabilidad al empresario por la caída.
El mensaje del fallo es directo: la obligación de seguridad no implica eliminar todo riesgo imaginable ni responder por cada tropiezo.
Un detalle decisivo: era cliente habitual
Hubo un elemento que pesó especialmente en la sentencia. El demandante no era un visitante ocasional. Era cliente habitual del establecimiento.
Eso significa que conocía el entorno. Sabía cómo era la terraza y dónde estaba el escalón. Esa familiaridad con el lugar reforzó la idea de que el riesgo era previsible y evidente.
No se trataba de una trampa oculta ni de un defecto inesperado. Era un elemento estructural visible en un espacio que el cliente frecuentaba.
Recurrió… y volvió a perder
El demandante presentó recurso ante el Tribunal Superior de Graz. Tampoco prosperó. La instancia superior confirmó la decisión inicial y rechazó la apelación.
Además, no se permite recurso ordinario adicional. El proceso judicial, al menos por esa vía, queda prácticamente cerrado. La sentencia aún no es firme de manera definitiva, pero el recorrido judicial se ha estrechado al máximo.
La lección del caso
Más allá del caso concreto, el fallo deja una reflexión interesante sobre los límites de la responsabilidad civil en espacios públicos.
Los hosteleros, como cualquier empresario, deben garantizar condiciones de seguridad razonables. Pero el estándar no es eliminar cualquier desnivel, bordillo o escalón visible. La ley exige prevenir peligros ocultos o desproporcionados, no convertir cada terraza en una superficie sin relieve.
El tribunal lo resumió con una idea sencilla: no puede derivarse responsabilidad por cada infortunio.
En tiempos en los que cada accidente parece tener potencial de demanda, este caso marca una frontera. Un escalón visible, dentro de la normalidad constructiva, en un lugar conocido por el propio cliente, no convierte al propietario en responsable automático.
El intento de cobrar 15.000 euros por aquella caída terminó en nada. Y con una advertencia implícita: la responsabilidad tiene límites.