Primera imputación a policías por su actuación el 1-O en Barcelona

Primera imputación a policías por su actuación el 1-O en Barcelona

Dos antidisturbios declararán en septiembre acusados de actuar de forma "indiscriminada y desproporcionada" contra los concentrados en la escuela Mediterrània de la ciudad.

Agentes de la Policía se llevan a un manifestante, el pasado 1 de octubre en Barcelona.Susana Vera / Reuters

El juez que investiga las cargas de la Policía Nacional en Barcelona el 1-O ha citado a declarar como investigados para el próximo 5 de septiembre a dos antidisturbios acusados de actuar de forma "indiscriminada y desproporcionada" contra los concentrados en la escuela Mediterrània de la ciudad. En un auto, el titular del juzgado de instrucción número 7 de Barcelona fija para el próximo mes de septiembre el interrogatorio de los dos agentes, los primeros citados a declarar por las cargas en los centros de votación del 1 de octubre en Barcelona y que ya estaban imputados desde el pasado mes de febrero, por delitos de lesiones y contra la integridad moral.

Los policías, investigados a raíz de una querella presentada por el colectivo pro derechos humanos Iridia, son un subinspector y un agente antidisturbios que cargaron contra las personas que se encontraban en la escuela Mediterrània de la Barceloneta, con motivo del referéndum del 1-O suspendido por el Tribunal Constitucional.

El juez ha citado en primer lugar al subinspector que estaba al mando del dispositivo policial que intervino en la escuela Mediterrània "para que aclare los motivos por los que se intervino de esa manera". En segundo lugar, interrogará a un agente cuya actuación le parece el juez "especialmente grave", dado que en los vídeos aportados "se le puede ver en estado de agitación, golpeando con su defensa en la cara a personas ya desalojadas, patear a una persona que está en el suelo intentando levantarse y golpear en la cara a la persona que va en su ayuda".

No hubo la "proporcionalidad exigida"

Tras el visionado del vídeo de lo sucedido en la escuela, el juez concluye que no hubo "la proporcionalidad exigida" en la actuación policial, "al no haber hecho ningún intento de información, advertencia, mediación o cualquier otro pertinente, como sí consta que se hizo en otros colegios el día de los hechos".

Para el juez, esa "actuación directa contra las personas congregadas, que no tenían ninguna obligación de saber qué estaba ocurriendo ni lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), provocó que en ese colegio hubiera un elevado número de personas heridas". Entre los lesionados por las cargas, el magistrado destaca la presencia de personas de edad avanzada, entre ellas un hombre de 82 años, y de otras que requirieron tratamiento médico.

Si bien corresponde al Estado el monopolio del uso de la fuerza, la cual se ejerce mediante los cuerpos y fuerzas de seguridad, este uso de la fuerza es legítimo siempre y cuando exista una justificación para ello y se realiza con la debida proporcionalidad

Según el juez, a diferencia de en otros colegios donde ocurrieron hechos similares, en la escuela Mediterrània los agentes se dirigieron "de forma directa hacia la multitud, y sin mediar palabra, advertencia o requerimiento alguno", empezaron a empujar a las personas congregadas.

Ello generó una "situación violenta" que fue aumentando "hasta el punto de observarse personas empujadas al suelo, una persona con la cabeza ensangrentada y un agente golpeando con su defensa en la cara de las personas ya desalojadas", añade el auto.

"Si bien corresponde al Estado el monopolio del uso de la fuerza, la cual se ejerce mediante los cuerpos y fuerzas de seguridad, este uso de la fuerza es legítimo siempre y cuando exista una justificación para ello y se realiza con la debida proporcionalidad", insiste el magistrado.

En ese sentido, recalca el juez que "puede ser constitutiva de infracción penal aquella actuación policial claramente injustificada o carente de proporcionalidad alguna".