La justicia europea amnistía a la Ley de Amnistía: avala el grueso de la norma y acerca la vuelta de Puigdemont
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La justicia europea amnistía a la Ley de Amnistía: avala el grueso de la norma y acerca la vuelta de Puigdemont

El TJUE concluye que se ajusta al derecho comunitario y no hay colisión con los intereses financieros ni con la directiva en materia de terrorismo. 

Imagen de archivo del líder de Junts y expresident Carles Puigdemont.David Zorrakino/Europa Press via Getty Images

Sin sorpresas. Europa ha amnistiado la mayor parte de la Ley de Amnistía española. Tras dos años de espera, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado que la norma se ajusta al derecho comunitario y no choca ni interfiere con los intereses financieros de la UE ni con la directiva en materia de terrorismo, dos flancos importantes por las dudas del Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional respecto a algunos casos, como a los condenados de los Comitès de Defensa de la República (CDR). 

Por otro lado, supone avanzar un peldaño más en el gran asunto pendiente que quedó después de que el alto tribunal español remitiese al parqué comunitario la causa. El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, actual líder de un Junts en debacle en intención de voto, ve allanado el camino de vuelta un poco más. 

Pero ese regreso sigue marcado con la fecha clave de siempre en el horizonte, posiblemente el próximo octubre, cuando el Tribunal Constitucional deberá pronunciarse sobre la malversación de fondos que impide que puedan aplicarle los beneficios de esta ley. El otro alto tribunal español, el Supremo, deberá tomar esa decisión tras haber determinado el TJUE que la responsabilidad contable de los gastos del proceso independentista catalán no constituye un riesgo para las finanzas europeas.

"No puede considerarse que los intereses financieros de la Unión se vean afectados por la mera disminución de la renta nacional bruta que podría potencialmente derivarse de la secesión de una parte del territorio nacional", recoge el fallo del TJUE.

El diseño de la norma también la hace compatible con la directiva de terrorismo: "No menoscaba"

El otro gran apartado, el que, por ejemplo, impedía que se pudiese aplicar la amnistía a los integrantes de los CDR, también ha sido resuelto con la previsión del Gobierno de coalición. Desde el Ejecutivo, el ministro de Justicia, Félix Bolaños ya había explicado que habían diseñado la norma teniendo especial atención a las directivas europeas y en la materia del terrorismo. 

Hoy el TJUE le da la razón señalando que la Ley de Amnistía "no menoscaba" la directiva puesto que excluye aquellos delitos de terrorismo en el contexto del proceso independentista catalán que causaran perjuicios graves. Este no es el caso de los CDR y, ahora, podrán reclamar el beneficio de la norma.

¿Avalado el grueso de la norma?, ¿qué falta por resolver?

Cabe señalar que el TJUE ha determinado hoy que esta norma, que "tiene por objeto reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación" y fue aprobada "en un contexto real de reconciliación política y social", es compatible con la normativa comunitaria. También que no se viola el principio de primacía o el principio de cooperación leal de la UE.

Pero ello también supone que solo ha resuelto dos de las cuatro cuestiones prejudiciales que sobrevuelan esta ley y la sede judicial en Luxemburgo. Eso sí, sobre todo, determina que no se trata de una "auto amnistía", como sugirieron en el pasado desde la Comisión Europea donde el EPP —la familia del PP europeo— es mayoría. Y que respeta los principios de igualdad de trato y de no discriminación, "puesto que, a la luz de su finalidad expresa de favorecer la reconciliación política únicamente en el contexto de un movimiento político particular".

No obstante, restan por resolverse todavía importantes casos. Al más representativo de qué ocurrirá con el futuro de Carles Puigdemont o si será detenido si se persona en territorio nacional se suman todavía una lista de cargos políticos que fueron inhabilitados, a pesar de haber podido beneficiarse de la excarcelación hace ya casi una década.

¿A quiénes afecta?, ¿qué pasa con Puigdemont?

El expresident Puigdemont continúa huido —exiliado o prófugo de la justicia, según a quién se pregunte— en Waterloo desde hace 9 años, pero este fallo jurídico del TJUE no tiene por qué afectar a la orden de detención que pesa sobre él y que impuso el juez Pablo Llarena en la causa abierta en el Supremo. La justicia europea ha señalado que "la referida ley de Amnistía no debe privar de efecto útil al procedimiento prejudicial", exponiendo que mientras haya una cuestión prejudicial pendiente en Luxemburgo. 

Es decir, si el magistrado traslada una de estas cuestiones prejudiciales al TJUE podría mantener la orden de detener a Puigdemont en cuanto ponga un pie en España. Concretamente, lo desarrolla desgranando que "así ocurriría si el plazo máximo de dos meses en el que los órganos jurisdiccionales nacionales deben dictar la resolución de extinción de la responsabilidad y alzar las medidas cautelares que se hayan acordado fuera aplicable incluso cuando se haya planteado al Tribunal de Justicia una petición de decisión prejudicial, sin que sea posible esperar a que este dicte resolución".

Así, "si se demostrara que la ley de amnistía contiene disposiciones que dan lugar a este efecto, deberían dejarse inaplicadas". Este es un escenario que no afecta solo a Puigdemont, también están pendientes de ese mismo hilo los exconsellers Lluís Puig y Toni Comín. En el grupo de los inhabilitados se encuentran el que fue vicepresident durante el procès pero se quedó en España en lugar de huir, Oriol Junqueras, además del secretario general de Junts, Jordi Turull.  A estos se suman algunos exconsellers como Raül Romeva o Dolors Bassa.

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Redactor de El HuffPost de actualidad y última hora en Hard News. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. Trabajó en La Voz de Galicia y Radio Voz durante un lustro antes de llegar a El HuffPost en 2021.

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