Tengo mis vacaciones contratadas antes del 29 de mayo: ¿qué tengo que hacer para no perderlas si me toca mesa?

Tengo mis vacaciones contratadas antes del 29 de mayo: ¿qué tengo que hacer para no perderlas si me toca mesa?

La Junta Electoral Central ha dado un respiro a millones de posibles miembros de la mesa, pero también marca condiciones.

Componentes de una mesa electoral en La Fresneda (Teruel), en las elecciones del 26 de junio de 2016. Eloy Alonso / Reuters

Hay quien esperaba el mensaje de la Junta Electoral Central con más ganas que el de la pareja, familia o amigos. Muchas vacaciones de verano, en juego por el adelanto electoral y la consiguiente conformación de miles de mesas por toda España. Presidentes, vocales... decenas de miles de cargos que cubrir en un 23 de julio que podía pillar a buena parte de la población lejos de casa.

Ahora, la JEC ha hablado y ha dado una alegría a todos aquellos que ya tenían sus planes hechos. O a casi todos, porque el órgano rector de los comicios ha dictaminado que tener vacaciones contratadas antes del 29 de mayo es motivo suficiente para evitar ser miembro de una mesa electoral. Antes y no a partir de esa fecha.

La fecha elegida no es casual, ni mucho menos; fue el lunes en el que Pedro Sánchez reventó la agenda nacional anunciando el adelanto de las generales tras la desastrosa noche socialista del 28M.

Dicho esto, no vale con tener las vacaciones ya contratadas. Ahora hay que demostrárselo a la Junta Electoral Central.

Lo primero que exige la JEC es justificar la contratación de dichas vacaciones con algún recibo de billetes de transporte o alojamiento, ante las Juntas Electorales de Zona, los organismos rectores locales. 

El mandato de la Junta es que esos recibos acrediten "la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno graves alegados" en caso de cancelarlo.

El sorteo a celebrar por los ayuntamientos para la formación de las mesas será entre el 24 y el 28 de junio y la notificación se realizará en un plazo de tres días a partir de ese sorteo. Los electores tendrán siete días para llevar a cabo sus alegaciones, que serán resueltas cinco días después de su presentación.