Confirmado por el BOE: 100 euros de deducción por celíaco y ayudas de hasta 6.000 euros para emigrantes que vuelvan a Asturias
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Confirmado por el BOE: 100 euros de deducción por celíaco y ayudas de hasta 6.000 euros para emigrantes que vuelvan a Asturias

El Boletín Oficial del Estado de este lunes ofrece algunas ayudas especiales centradas en el Principado de Asturias.

Cartel a la entrada de un restaurante para celíacosGlen Sterling vía getty images

El Boletín Oficial del Estado (BOE) trae buenas noticias para un grupo poblacional cada vez mayor, los celíacos. El BOE publicado este lunes 9 de febrero recoge una serie de deducciones para estas personas, pero también otras llamativas, como una ayuda para ayudar al regreso a Asturias de ciudadanos que en su día emigraron. 

Medida especial para los celíacos

El Preámbulo del BOE de este lunes ya adelanta que se ha creado una deducción "que pretende compensar los gastos adicionales en los que incurren los enfermos celíacos principalmente por el mayor coste de los alimentos".

Dicha deducción se desarrolla en el artículo 39, perteneciente al Título V —Normas tributarias—, Capítulo 1 —Impuestos—. Dentro de este se detalla los condicionantes para aplicar la deducción de "100 euros por cada miembro de la unidad familiar diagnosticado" con celiaquía.

Explica el BOE que a efectos de esta deducción se considerarán miembros de la unidad familiar no solo al contribuyente, sino a su cónyuge en casos de declaración conjunta, y los ascendientes o descendientes a su cargo ya regulados en la normativa estatal del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Para aclarar posibles duplicidades, el BOE matiza que "cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos ascendientes o descendientes para un mismo período impositivo, el importe máximo de la deducción se prorrateará entre ellos por partes iguales".

La enfermedad deberá acreditarse mediante informe médico oficial que recoja el diagnóstico definitivo conforme a los criterios reconocidos por la comunidad científica. Dicho informe deberá ser emitido bien por "profesionales en ejercicio en el Servicio de Salud del Principado de Asturias o en otros servicios de salud públicos integrados en el Sistema Nacional de Salud (SNS), debidamente identificados mediante su Código Numérico Personal (CNP) o el homólogo que corresponda en cada Comunidad Autónoma".

En relación a los pacientes con tratamiento sanitario privado, el informe debe estar elaborado por "profesionales adscritos a la entidad aseguradora correspondiente" y debidamente identificados mediante su número de colegiado.

Recordatorio: qué alimentos no pueden tomar los celíacos

La lista la incluyen todos los alimentos, bebidas o productos que contengan gluten, que es un conjunto de proteínas presentes en cereales como el trigo, la cebada, el centeno y sus derivados

Por ello, la nómina de alimentos prohibidos es muy extensa. Citamos algunos de los productos que no pueden tomar los celíacos, detallados por el portal especializado Celicidad:

  • Cerveza con o sin alcohol (salvo la sin gluten)
  • Infusiones a granel
  • Cereales para el desayuno con trigo, cebada, centeno, avena o malta
  • Especias y condimentos a granel
  • Frutos secos a granel sin la cáscara
  • Golosinas a granel
  • Harinas de cereales con gluten
  • Helados a granel (o aquellos en los que no se pueden comprobar sus ingredientes) y helados con barquillo, bizcocho, galleta u oblea; conos y sandwiches helados.
  • Hortalizas, verduras y tubérculos empanados, en tempura o rebozados
  • Lacteos como yogures o leche si incluyen cereales 
  • Legumbres a granel
  • Levadura de cerveza
  • Pescados rebozados o empanados
  • Germen de trigo y salvado de trigo
  • Seitán
  • Salsa de soja

Ayuda para el regreso de asturianos

También dentro del Título V, pero ya en el Capítulo 2 —Tasas—, el BOE centrado en el Principado de Asturias incluye la Disposición adicional decimocuarta, con el epígrafe Ayudas a personas emigrantes asturianas retornadas.

Según el texto del Boletín Oficial del Estado, esta ayuda de "hasta 6.000 euros" se ofrece para "contribuir a su adaptación y asentamiento en el Principado de Asturias". El ingreso se hará en un único pago y se concederán "de forma directa" previa convocatoria pública y con un "carácter singular". 

Las solicitudes de subvención, añade el BOE, "se tramitarán e instruirán por el órgano que se determine en cada convocatoria, que realizará la oportuna propuesta y se resolverán por orden de presentación de las mismas".

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