Llega a un restaurante, se pone a hacer fotos al plato, se le enfría y la historia se complica tanto que acaba con una hoja de reclamaciones
Una vez más, una influencer en el centro de la polémica.

Una hostelera ha contado la escena que ha vivido cuando una influencer ha acudido a su restaurante y que ha derivado en que le ha pedido la hoja de reclamaciones, aunque según el artículo 1103 del Código Civil podría tener razón la dueña del local.
La historia la ha contado el usuario de TikTok @josehsm8, aunque no la ha vivido él, sino una seguidora que ha compartido lo que le ha ocurrido.
"Llegó una mesa de cuatro para comer sin reserva. Sin reserva, ya empezamos bien. Y a la hora de sentarlos ya tenían pinta de que no nos íbamos a llevar bien. Sin tener reserva, empezaron a poner pegas a la mesa, que la querían en una zona en la que no tuvieran mucha gente, que no hubiera gente cerca fumando... ya aquí se pone duro", empieza contando.
"El problema llegó cuando les llegaron platos. Una de las chicas se pidió una lasaña y nuestra lasaña no es la típica con forma cuadriculada. Nosotros la servimos en un bol y le damos una vista propia nuestra (es fotografiable). La chica se puso a hacerle fotos a su plato y pidió que le hicieran a ella. Según ella, era para etiquetar al local, que era influencer", prosigue.
"Se veía venir"
"Luego vimos cómo, mientras los demás comían, ella se ponía con el teléfono, imagino que con las fotos que hizo, no lo sé. La cuestión es que como se veía venir, a la chica se le enfrió el plato y me llamó para ver si podía ponerle otro. Ese ya estaba incomible", subraya.
La hostelera dice que fue tajante y se negó a cambiarle el plato porque consideraba que había sido culpa suya por no comerlo cuando debía: "Y le dijimos de recalentárselo. A lo que ella dijo enfadadísima que no. Ya después de 15 minutos la lasaña parecía vómito de perro. Se desmoronó al perder temperatura. Finalmente, después de intentar mediar con ella, pidió la hoja de reclamaciones alegando que la comida se enfriaba muy rápido".
"Espero no volver a verles, vaya telita de gente"
"Espero no volver a verles, vaya telita de gente", se lamenta la hostelera, que puede ampararse en el Código Civil. El artículo 1544 establece que el restaurante tiene la obligación de prestar el servicio correctamente, pero no de garantizar resultados que dependen del cliente.
De hecho, el artículo 1103 establece claramente: "La responsabilidad quedará atenuada o excluida cuando haya intervenido culpa o negligencia del acreedor".
