La Audiencia Nacional y las provinciales decidirán sobre la revisión de la 'doctrina Parot'
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La Audiencia Nacional y las provinciales decidirán sobre la revisión de la 'doctrina Parot'

EFE

La aplicación de la sentencia de Estrasburgo que anulaba la 'doctrina Parot' corresponderá a la Audiencia Nacional y a las provinciales -los tribunales sentenciadores-.

Así lo ha acordado la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que ha apoyado mayoritariamente el planteamiento propuesto por el magistrado Miguel Colmenero. De esta manera se avala la decisión reciente de la Audiencia Nacional de excarcelar a nueve presos etarras.

Fuentes de la sala han informado a Efe de que serán los tribunales que ya aplicaron la doctrina los que ahora apliquen su eventual anulación y que si las partes, por ejemplo el fiscal, está en desacuerdo con sus resoluciones, podrá acudir entonces al Supremo, que solo se ocupará de esta materia a través de los recursos, de los cuales tiene ya cinco pendientes, que resolverá la próxima semana.

Los 16 magistrados que integran la Sala de lo Penal han señalado que en los casos de sentencias condenatorias dictadas con anterioridad del 28 de febrero de 2006 -fecha de la sentencia contra Henri Parot- la doctrina "Parot" no podrá aplicarse.

Igualmente, el tribunal considera necesario "que el Poder Legislativo regule con la necesaria claridad y precisión el cauce procesal adecuado en relación con la efectividad de las resoluciones del TEDH".

La reunión se produce después de que, el pasado viernes, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordara no esperar al criterio del alto tribunal, que era lo que le había solicitado la Fiscalía y solicitó una buena parte de los magistrados de este órgano.