El modelo de Hacienda que deben presentar todos estos contribuyentes antes de febrero

El modelo de Hacienda que deben presentar todos estos contribuyentes antes de febrero

La Agencia Tributaria puede iniciar una investigación si la información aportada es incorrecta.

Una oficina de la Agencia Tributaria, en una imagen de archivoEuropa Press via Getty Images / Carlos LujÁN

Una alta cantidad de contribuyentes, aquellos que llevan a cabo una actividad económica, tienen que presentar un importante modelo de Hacienda antes de que llegue el mes de febrero.

En concreto, se trata del modelo 390. El mismo sirve para trasladarle a la Agencia Tributaria un resumen anual del IVA repercutido y soportado en las facturas a lo largo del ejercicio fiscal 2023.

De esta forma, se podría decir que el modelo 390 es un documento que engloba a cada uno de los modelos 303 (declaración de IVA trimestral) que se le han entregado a Hacienda durante el año.

En consecuencia, es muy importante aportar la información requerida en el modelo 390 prestando un alto grado de atención, ya que las cuentas deben cuadrar con las de los modelos 303 entregados en cada trimestre. Aunque este modelo 390 (que recibe el nombre de ‘IVA. Declaración Resumen Anual’) es meramente informativo, su presentación es obligatoria.

Además, cabe destacar que si esa declaración resumen anual de IVA no coincide totalmente con las mencionadas liquidaciones trimestrales, la Agencia Tributaria probablemente revisará toda la información fiscal aportada por el contribuyente. En ese sentido, si Hacienda halla irregularidades respecto a la declaración del IVA, podrá imponer multas.

Cómo presentar el modelo 390

La presentación del modelo 390 debe realizarse de manera telemática. Para ello, los contribuyentes tienen que acceder al apartado correspondiente al citado modelo en el sitio web de la Agencia Tributaria.

De cara a cumplimentar el documento, es necesario recopilar los datos de IVA declarados trimestralmente. Se debe precisar la base imponible, las cifras de IVA aplicadas (tanto las devengadas como los deducibles) y el tipo impositivo (que puede ser del 4%, 10% o 21% dependiendo de la actividad económica de la que se trate).