La empleada que perdió su trabajo, además, alteró sus horarios sin autorización, algo que afectó tanto al funcionamiento de la tienda como la planificación de los turnos.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha falla a favor de un trabajador, despedido por llamar "caradura" y "chivato" a sus superiores y compañeros.
“La empresa, muy seria y profesional, busca esclavos para transporte de contenedores. Trabajo mínimo garantizado de 13 horas diarias”, publicó el exempleado en el citado portal.
La sala acepta el recurso del trabajador, corrige la decisión del Juzgado de lo Social que falló a favor de la empresa y condena a esta a readmitirle en las mismas condiciones que regían.
El Comité Europeo de Derechos Sociales considera que los límites fijados en las indemnizaciones ni son disuasorios para el empresario ni son resarcitorios para el trabajador despedido.