Empresas empiezan a pedir horas a sus trabajadores por el apagón: qué dice la ley
El artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores es claro al respecto.

Millones de trabajadores se vieron afectados este lunes por el apagón generalizado que se produjo en España, lo que provocó momentos de caos en los centros de trabajo. Muchos empleados no pudieron llegar a su puesto y otros tuvieron que marcharse ante el cierre de los negocios sin cumplir con su jornada laboral.
En un momento de caos, el ministerio de Trabajo recordó ayer que existen permisos retribuidos para las personas que no pudieron desplazarse a su centro de trabajo o que no pudieron desempeñar su función con motivo del apagón.
El artículo 37.3g del Estatuto de los Trabajadores establece concretamente un permiso retribuido de hasta cuatro días por imposibilidad de desplazarse o de desarrollar la actividad laboral con normalidad.
Este martes, muchos empleados han vuelto a su centro de trabajo y algunas empresas les han pedido recuperar las horas que no pudieron realizar ayer. Pero, ¿eso es legal? El artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores es tajante: "Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, este conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo".
Es decir, si por alguna razón la empresa no puede proporcionarte trabajo, aunque sea por una causa extraordinaria, el empresario no puede trasladar esa carga al trabajador obligándolo a hacer horas extras o a compensar el tiempo perdido.