Despiden a un trabajador que se pasó 57 horas laborales viendo 'Masterchef' y 'Fútbol Emotion' y la justicia lo declara improcedente
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Despiden a un trabajador que se pasó 57 horas laborales viendo 'Masterchef' y 'Fútbol Emotion' y la justicia lo declara improcedente

La empresa deberá readmitir al trabajador o en su defecto indemnizarle con 39.083 euros.

Mazo judicial.Getty Images

El despido laboral es una situación que muchos trabajadores temen. Según un informe recientemente publicado por el Ministerio del Trabajo, a enero del 2026, se han registrado 2.408.670 personas desempleadas.

El cese de la actividad laboral de un empleado se puede originar por varias causas. Suele ser común que la situación escale a instancias legales en donde tanto el trabajador como la empresa defienden sus respectivas posiciones ante un juzgado, el cual determina cuál de las dos partes tienen la razón y las acciones pertinentes a seguir.

El particular juicio en La Rioja 

Hace un par de días se conoció la resolución del particular pleito legal que disputaron un empleado y Elastómeros Riojanos S.A.U. una empresa fabricante de caucho ubicada en La Rioja.

El técnico comercial se incorporó a la empresa en junio del 2014, bajo un contrato a término indefinido, percibiendo un sueldo mensual bruto de aproximadamente 3.500 euros, según ha informado en un artículo, Confilegal.

El pasado lunes 9 de septiembre del 2024, el hombre recibió una carta de despido con efecto inmediato por parte de la empresa, fundamentada en que el trabajador se dedicaba a actividades ajenas a la ejecución de su trabajo durante su jornada laboral. 

"Usted ha realizado en los últimos meses conexiones o actividades que ninguna relación guardan con su trabajo para nuestra empresa", expone parte del documento. 

La empresa puntualiza que el trabajador realizó búsquedas en internet relacionadas con Fútbol Emotion, MasterChef, entre otros temas ajenas a la actividad laboral del individuo. 

La resolución del tribunal 

El Juzgado de lo Social n.º 1 de Logroño sostiene que el despido es improcedente, argumentado que aunque la práctica del individuo es considerado "ciertamente reprobable", no hay evidencia de bajo rendimiento por parte del trabajador.

"No hay noticia de que el actor haya dejado de atender a ningún cliente, se haya retrasado en hacerlo, se hayan recibido quejas, o se haya originado algún otro menoscabo a la empresa", destaca el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

En este orden de ideas la justicia competente, concluye que Elastómeros Riojanos S.A.U. debe readmitir al afectado o indemnizarlo con una cantidad de 39.083 euros.

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Nací en Bogotá, Colombia y estudié comunicación social en la Pontificia Universidad Javeriana. Realicé un máster de marketing deportivo en la Escuela Universitaria Real Madrid. Antes de incorporarme al El Huffpost, trabajé como redactor en varios medios deportivos como Gol Caracol, Vavel Colombia y La Nueva Tendencia

 


 

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