¿Por qué ha condenado el Supremo al Fiscal General? Claves de la inhabilitación a García Ortiz y la filtración del 'caso Ayuso'
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¿Por qué ha condenado el Supremo al Fiscal General? Claves de la inhabilitación a García Ortiz y la filtración del 'caso Ayuso'

La histórica condena contra el Fiscal General del Estado deja un reguero de interrogantes y cuestiones por resolver. Además, abre un escenario inexplorado respecto a la implicación e impacto del fallo del Supremo en el poder judicial a todos los niveles.

El Fiscal General del Estado, Álvaro García OrtizEFE

Alrededor de las 14:00 horas de este jueves 20 de noviembre se conocía una de las noticias de mayor calado del año en España: el Tribunal Supremo (TS) condena al Fiscal General del Estado (FGE), Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación y a una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Además, el FGE tendrá que abonar una indemnización de 10.000 euros a González Amador por daños morales.

El fallo del Supremo  se ha producido con el apoyo de cinco de los siete magistrados que conformaron el tribunal, que contaba con mayoría conservadora. En contra de esta decisión se posicionaron las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, que han emitido un voto particular.

El juicio contra el FGE se celebró para dirimir si Álvaro García Ortiz había filtrado información confidencial sobre varios delitos de fraude fiscal, falsedad documental y emisión de facturas falsas cometido supuestamente por González Amador. 

Así, el juicio tuvo lugar entre el 3 y el 13 de noviembre, días en los que testificaron todos los implicados: numerosos periodistas, el propio FGE, González Amador y Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la presidenta Ayuso, entre otros.

Las 4 claves de la condena al fiscal general del estado

  • El Tribunal Supremo ha dictaminado que el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, es culpable de un delito de revelación de datos reservados, en base al art. 417.1 del Código Penal, aunque le absuelve del resto, como prevaricación o infidelidad en la custodia de documentos.
  • El fallo del TS ha sido apoyado por cinco de los siete magistrados del tribunal, de mayoría conservadora, formado por Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Carmen Lamela, Andrés Martínez Arrieta, Ana Ferrer y Susana Polo. Las dos últimas emitieron un voto particular al no estar de acuerdo con la sentencia.
  • La condena contra el FGE supone para Álvaro García Ortiz la imposibilidad de ejercer su cargo durante los dos próximos años, aunque una vez pasado este período podría volver a optar a cargos públicos, siempre que se den las circunstancias. Además tendrá que pagar una multa de 7.200 euros y 10.000 a González Amador por daños morales. Pese a que podría volver a postularse para cargos públicos, su imagen y reputación puede quedar severamente dañada de cara a su futuro profesional.
  • El FGE no podrá recurrir la sentencia, ya que el Supremo es la máxima instancia, aunque sí podrá impugnarla ante el Tribunal Constitucional (TC) en amparo por vulneración de derechos fundamentales. Sin embargo, para que esto se produzca, se debe cumplir el requisito legal de presentar un incidente de nulidad, de forma que el TS tendría que volver a pronunciarse sobre la cuestión.

¿Qué ha decidido exactamente el Tribunal Supremo?

En lo que respecta a la sentencia, que todavía no ha sido escrita ni publicada, aunque sí ha sido comunicada a las partes, "surtirá efectos a partir de su notificación en forma legal". En el escrito compartido por el TS se recoge lo siguiente: "Debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, art. 417.1 del Código Penal a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil se declara que el condenado deberá indemnizar a D. Alberto González Amador a 10.000 euros por daños morales".

Asimismo, se señala que se le absuelve "del resto de los delitos objeto de la acusación" y señalan que "los objetos intervenidos en los registros practicados se devolverán a sus titulares y, en su caso, se destruirán". Finalmente, apuntan que "la resolución incorporará dos votos particulares emitidos por las Magistradas de la Sala II D.ª Ana María Ferrer García y D. ª Susana Polo García que disienten de la misma lo que determina un cambio en la Ponencia que la asume el Presidente de la Sala D. Andrés Martínez Arrieta".

El origen del caso: la filtración del caso de González Amador

La historia de este caso se remonta a mayo de 2022, momento en el que dos inspectoras de Hacienda notificaron irregularidades en la empresa de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Tras investigarlo de forma interna, llegaron a la conclusión de que había defraudado más de 350.000 €, de forma que la causa fue remitida a la Fiscalía para que llevar a cabo una investigación por posibles delitos fiscales.

Sin embargo, es el 2 de febrero de 2024 cuando todo cambia. Y es que, ese día el abogado de González Amador envió un correo a la Fiscalía reconociendo dos delitos fiscales y su voluntad de cerrar un pacto de conformidad, una información que debía permanecer reservada, pero que de alguna forma se filtró a los medios de comunicación. 

Apenas un mes después, entre el 6 y el 12 de marzo de 2024, la prensa comienza a publicar la información del caso y estalla la polémica a nivel mediático. Un día después, el 13 de marzo, el caso pasa a primer plano político. Desde la Comunidad de Madrid, presidida por la pareja de González Amador, Isabel Díaz Ayuso vierte acusaciones sobre una persecución política, y al día siguiente la Fiscalía emite una nota en la que desmiente los rumores sobre un supuesto pacto con Amador. Y es esa rectificación la que hace saltar todo por los aires, ya que sería, a posteriori, la que provocaría una querella por revelación de secretos.

Finalmente, el 29 de julio de 2025, el Tribunal Supremo confirma el procesamiento de García Ortiz por indicios de revelación de secretos y en septiembre, se decide que García Ortiz debe prestar una fianza de 150.000 € para responder de posibles responsabilidades. Por su parte, González Amador pide que no se libere esa fianza argumentando que García Ortiz actúa “como acusado, no como representante del Estado”. Finalmente entre el 3 y el 13 de noviembre se produjo el juicio contra el FGE.

Un juicio sin precedentes

El proceso fue descrito por juristas y analistas como un juicio sin precedentes en la historia reciente de España: nunca antes un fiscal general del Estado había tenido que sentarse en el banquillo ante el Tribunal Supremo, el mismo órgano que supervisa su labor institucional. 

Esto convirtió el caso en una situación totalmente anómala y en un examen público de los límites y responsabilidades del máximo representante del Ministerio Fiscal. Así, y como ya hemos mencionado previamente, la vista oral duró diez días, un período largo para este tipo de procedimiento y que contó con 40 testigos: periodistas, altos cargos de la Fiscalía y Administración y los implicados; González Amador y Álvaro García Ortiz.

Finalmente, otro aspecto que ha extrañado a los juristas ha sido la velocidad con la que el TS ha dictado sentencia incluso antes de tenerla completa y redactada, algo nada habitual en procesos de esta magnitud.

Qué dijeron los testigos sobre la implicación del fiscal general en la filtración

Durante la celebración del juicio, los periodistas llamados a declarar coincidieron en un punto clave: ninguno aseguró haber recibido el famoso correo del abogado de González Amador directamente del fiscal general. Todos afirmaron que conocieron su contenido a través de otras fuentes, aunque se acogieron al secreto profesional para no identificarlas, algo habitual en procesos donde está en juego la confidencialidad informativa.

Además, algunos testigos añadieron que las admisiones fiscales del empresario -su voluntad de pactar y el reconocimiento de irregularidades- ya circulaban en ciertos ámbitos antes incluso de que ese correo llegara a la Fiscalía. Esta versión apuntaría a que la información sensible no dependía exclusivamente del documento filtrado y que podía haberse conocido por otras vías.

Pese a ello, las acusaciones pusieron en duda la solidez de estos testimonios. Argumentaron que los periodistas podrían estar condicionados por su propio interés profesional, al proteger el acceso futuro a sus fuentes, o por un posible deseo de preservar la confidencialidad de quienes les filtraron la información. Debido a esto, su negativa a desvelar el origen real de los datos pondría en duda la credibilidad de sus testimonios.

Qué implica la condena a García Ortiz y próximos pasos

La condena a García Ortiz pone de manifiesto la polarización en un ámbito tan sagrado e importante como el sistema judicial, el cual queda más en jaque que nunca. La salida del FGE deja a la Fiscalía General en un momento de máxima tensión política, con causas sensibles en curso y un clima de desconfianza entre partidos, jueces y ciudadanía. 

Ahora se abre un nuevo debate en torno a la figura del Fiscal General: quién será su relevo, qué independencia judicial tendrá y no menos importante, la gigantesca presión que tendrá sobre sus hombros tras un juicio histórico que ha acabado con su sucesor fuera del cargo.

El caso además, ha mezclado justicia, filtraciones, prensa y política madrileña, y reaviva además un debate incómodo: hasta dónde llega la transparencia en asuntos de interés público y dónde empieza el deber de secreto. A futuro, el fallo puede convertirse en un precedente relevante sobre cómo deben gestionarse las revelaciones de información en procedimientos especialmente sensibles. Lo que decida ahora el Constitucional marcará el alcance definitivo de ese precedente.

¿Cuál es el delito por el que ha sido condenado Álvaro García Ortiz?

Por un delito de revelación de secretos, al considerar el Supremo que difundió datos protegidos de un procedimiento tributario.

¿Qué significa la pena de inhabilitación?

Implica que no puede ejercer el cargo público al que afecta la condena ni funciones asociadas a él durante el tiempo fijado por la sentencia.

¿Puede seguir en el cargo hasta que la sentencia sea firme?

En el momento en el que la condena sea redactada y firme, Álvaro García Ortiz dejará de ser a todos los efectos Fiscal General del Estado, por lo que no hay recurso posible que pueda tumbar la decisión del Supremo.

¿Quién es Alberto González Amador?

Es el empresario y pareja de Isabel Díaz Ayuso, investigado por un presunto fraude fiscal cuyas actuaciones dieron origen al caso.

¿La decisión del Supremo fue por unanimidad?

No, hubo cinco votos a favor de los siete que componían el tribunal. Las magistradas que emitieron un voto particular fueron Susana Polo y Ana Ferrer

¿Y tú qué piensas?

La falta de unanimidad en la sentencia abre un espacio de interpretación que muchos leerán en clave política, y eso hace aún más interesante e importante el debate público sobre sus implicaciones. ¿Ve en esta división un síntoma de tensión institucional o simplemente una discrepancia jurídica legítima?

Cuéntanos en los comentarios si crees que este fallo marcará un antes y un después en la relación entre política y justicia en España, o si consideras que sus efectos serán más limitados de lo que parece.

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Soy redactor de El HuffPost España, donde escribo sobre todo tipo de contenidos: desde actualidad, última hora, política, sociedad y deporte hasta política internacional, en menor medida.

 

Nacido en Jaén en 1998, me decanté por estudiar Historia y Periodismo en la Universidad Rey Juan Carlos durante 2016 y 2022. Desde entonces, mi trabajo se ha centrado en contar la actualidad con contexto, intentando entender no solo lo que ocurre, sino también de dónde viene y qué consecuencias puede tener. Al fin y al cabo, la Historia —aunque a veces parezca dormida— siempre está detrás de los titulares.

 

Sobre qué temas escribo

Como vocación, los asuntos históricos me llaman mucho la atención, pero durante los últimos años, la "actualidad manda", y el ritmo frenético de sucesos económicos, políticos y geopolíticos (casi todos negativos) en un mundo cada vez más convulso acapara gran parte del trabajo de manera diaria. Esto ha provocado que haya desarrollado una gran pasión e interés por entender cómo y por qué ocurren gran parte de todos los acontecimientos históricos que estamos viviendo constantemente.


Intento contar el presente con rigor, con un punto de contexto histórico y, cuando se puede y con una pizca de ironía. Porque incluso en los días más intensos, un poco de perspectiva —y de humor— ayuda a entender mejor lo que pasa.

 

Mi trayectoria

Mi experiencia profesional comenzó allá por 2019, como colaborador en Radio Libertad y Radio Marca, donde cubrí actualidad deportiva diaria y descubrí el vértigo de informar a contrarreloj. Más tarde pasé por AS, donde amplié el foco: además de deporte, seguí temas de actualidad general y aprendí que en el periodismo, a veces, el fuera de juego también puede ser político.


En enero de 2023 me incorporé a El HuffPost, donde escribo sobre política, sociedad y actualidad en todo tipo de frentes: desde elecciones hasta debates nacionales e internacionales, deporte y sucesos (un poco de todo). En definitiva, todo lo que marca la conversación pública y, en general, todo aquello que explica por qué el mundo gira como gira (y por qué a veces parece hacerlo del revés).

 


 

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