Así afecta el cobro del Ingreso Mínimo Vital en la declaración de la renta y esto es lo que pasa si no la presentas
Cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) implica ciertas obligaciones con Hacienda.
La campaña de la renta siempre genera dudas entre los contribuyentes. Además de las deducciones a las que te puedes acoger para ahorrar dinero, hay otras cuestiones que se deben tratar para tenerlo todo claro. Por ejemplo, quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta.
No todos los contribuyentes tienen que presentar de manera obligatoria el trámite de IRPF. Existen unos umbrales de ingresos que estipula Hacienda y que marcan quién debe ajustar cuentas cada año. Esto depende de los pagadores que hayas tenido a lo largo del año:
- Con un solo pagador: tienes que presentarla si partes de unos ingresos de 22.000 euros anuales.
- Con dos o más pagadores: tienes que presentarla si tus ingresos son superiores a 15.876 euros anuales, siempre y cuando el segundo y los demás pagadores estén por encima de los 1.500 euros.
Pero no sólo hay que fijarse en los ingresos. Existen otras situaciones a tener en cuenta. Un caso en el que siempre hay dudas tiene que ver con el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
El IMV llega a cerca de 800.000 hogares en España. Si eres una de las personas que recibe esta ayuda, debes tener muy claras tus obligaciones tributarias de cara a la campaña de la renta de este año.
¿Hay que presentar la renta si cobras el IMV?
Hacienda es bastante clara respecto al IMV y la declaración de la renta. Si estás cobrando esta ayuda, debes presentar la renta.
Esto es así aunque el ingreso mínimo sea tu única ganancia, tal y como indica la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se rige esta ayuda de la Seguridad Social.
La declaración debe presentarle el que figure como titular del Ingreso Mínimo Vital, y es necesario que figuren todos los miembros de la unidad de convivencia, aunque sean menores de edad.
Aunque tengas que presentar la renta, el IMV no sale a pagar. Es decir, sólo tendrás que pagar a Hacienda si tienes otras rentas y te corresponde ajustar cuentas por ellas, pero el ingreso mínimo como tal está exento. Esto significa que, si es tu único ingreso, el resultado de la renta te saldrá a 0.
Qué ocurre si cobras el ingreso mínimo y no presentas la renta
La Seguridad Social y la Agencia Tributaria no dudan al respecto: presentar la renta si eres perceptor del IMV es obligatorio. En el caso de que no lo hagas te enfrentas a una sanción importante: perder el derecho a la ayuda.
También es posible que te reclamen las cantidades que cobraste el año pasado y que tengas que devolverlas, ya que al no presentar la renta se considera que las has obtenido indebidamente.
Apunta bien la fecha en la que finaliza la campaña: hasta el 30 de junio puedes presentar la renta. No lo dejes pasar si eres beneficiario del IMV.