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Revés a Ayuso: el Supremo apela al "interés público" y "humano" para no frenar la regularización de migrantes

Revés a Ayuso: el Supremo apela al "interés público" y "humano" para no frenar la regularización de migrantes

La presidenta de la Comunidad de Madrid, del PP, sostienía que su territorio iba a colapsar con la medida promovida por el Gobierno de PSOE y Sumar. Los jueces lo niegan dan por argumentada la medida. 

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, durante el foro "La España vertebrada", celebrado en el Hotel Wellington, el 28 de mayo de 2026, en Madrid.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, durante el foro "La España vertebrada", celebrado en el Hotel Wellington, el 28 de mayo de 2026, en Madrid.Carlos Luján / Europa Press via Getty Images

El Tribunal Supremo (TS) argumenta que existe un "interés público notorio" en la regularización extraordinaria de migrantes que impulsa el Gobierno central, que incide en un "sustrato humano" y "trasciende a la mera consideración económica", como uno de los motivos para no frenar la entrada en vigor de este real decreto ley.

Este es uno de los argumentos esgrimidos por la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal para rechazar los recursos al real decreto presentados por la Comunidad de Madrid (en manos del PP, con Isabel Díaz Ayuso como presidenta) y Vox, según sendos autos que se han dado a conocer este jueves.

Así, el Supremo considera que el "interés público" que justifica no frenar la regularización "se sustenta en distintas justificaciones de carácter humanitario y de respeto a los derechos humanos con especial énfasis en la protección de los menores, de carácter económico, carácter demográfico, carácter cultural y social".

Además, apunta que, de paralizarse este decreto, "resultarían afectados intereses de terceros como son las propias personas solicitantes de las autorizaciones", ya que la suspensión "les determinaría a seguir en la situación de irregularidad administrativa".

En cualquier caso, el Supremo advierte que las actuaciones jurídicas creadas "al amparo de la norma" no son irreversibles y subraya que las autorizaciones otorgadas tienen vigencia de solo un año, lo que "impediría ulteriores efectos" ante una eventual sentencia estimatoria, destalla la Agencia EFE. 

Colas en el inicio de la atención a los inmigrantes en sus trámites de regularización extraordinaria en el Puerto de Almería, el 27 de abril de 2026.
Colas en el inicio de la atención a los inmigrantes en sus trámites de regularización extraordinaria en el Puerto de Almería, el 27 de abril de 2026.Marian León / Europa Press via Getty Images

Nada se hunde

Para rechazar los argumentos esgrimidos por la Comunidad de Madrid en su recurso, el Supremo subraya que "no puede afirmarse" que haya "perjuicios de imposible o difícil reparación", como el supuesto colapso en los servicios públicos del que advirtió, sin pruebas, el Ejecutivo regional de Isabel Díaz Ayuso.

El Alto Tribunal subraya, además, que "la nulidad" de este real decreto "no resulta manifiesta ni puede apreciarse con toda evidencia en este momento procesal" y resolver sobre este aspecto supondría "anticipar absolutamente el debate de fondo" en "un momento y ámbito procesalmente improcedente". 

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